Un juez de amparo había ordenado mantener en sigilo la orden de captura debido a que hay otras personas involucradas. Zerón interpuso un recurso de queja. Ahora un tribunal federal declaró fundado dicho recurso. Argumentó que se le impedía ejercer adecuadamente su derecho de defensa
Un tribunal federal ordenó entregar al exdirector de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), Tomás Zerón de Lucio, una copia de la orden de aprehensión librada en su contra por tortura, desaparición forzada y coalición de servidores públicos en el caso Ayotzinapa.
El Primer Tribunal Colegiado en materia Penal en la Ciudad de México declaró fundado un recurso de queja presentado por Zerón de Lucio en contra de un acuerdo dictado por el juez Octavo de Distrito de Amparo en materia Penal en el que ordenó mantener en sigilo la orden de captura.
En su acuerdo del 21 de julio pasado, el juez de amparo señaló que no se le puede dar copia íntegra del mandamiento de captura dictado en la causa penal 148/2021 debido a que hay otras personas involucradas en los hechos por los que Zerón es señalado.
En consecuencia, señaló que el exfuncionario únicamente tendrá acceso a los documentos en los que él se encuentre relacionado de manera directa, pero no se le podrá expedir copia certificada de los mismos.
Sin embargo, el Primer Tribunal Colegiado consideró que esta limitación establecida por el juez le impide a Zerón ejercer adecuadamente su derecho de defensa.
“En una primera aproximación basada en la igualdad de armas que debe haber, para que quien es imputado de un delito, pueda ejercer debidamente su derecho de defensa, se considera que de nada o en poco puede abonar a este propósito el hecho de que al quejoso (que tenga esa calidad procesal) se le conceda copia o se le permita el acceso de sólo una parcialidad de la resolución que combate a través del juicio de control constitucional, pues generalmente es hasta que las autoridades responsables rinden su informe justificado, cuando tienen la oportunidad de conocer tanto de los fundamentos como de los motivos por los que se le pretende privar de la libertad a fin de ponerlo a disposición de la autoridad judicial. Por lo que el derecho de defensa queda trunco al no poder conocer plenamente el contenido del acto de autoridad combatido”, señalaron los magistrados.
Por ello, ordenaron que el acceso a la orden de aprehensión como la expedición de copias de la misma debe realizarse de manera íntegra; es decir, no en versión pública ni con datos protegidos, excepto cuando se trate de información relacionada con otros coimputados, en caso de existir estos.
La Fiscalía General de la República (FGR) busca imputar a Zerón por los delitos de tortura, desaparición forzada y coalición de servidores públicos. Lo responsabiliza de torturar a Felipe Rodríguez Salgado, “El Cepillo”, integrante de los Guerreros Unidos, grupo al que se atribuye la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, para que declare conforme a la llamada “verdad histórica” por la que el exprocurador General de la República, Jesús Murillo Karam, se encuentra vinculado a proceso y sujeto a prisión preventiva justificada.
Fuente: Apro