Christof Heyns, relator especial de la ONU sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, hizo un llamado a las autoridades mexicanas a investigar, juzgar y sancionar a los responsables de lo ocurrido en Tlatlaya, así como tomar en consideración las nuevas evidencias dadas a conocer por el Centro de Derechos Humanos Agustín Pro Juárez.
El jueves pasado, el Centro Prodh puso en evidencia que los militares responsables de los hechos en ese municipio mexiquense llevaban órdenes del “alto mando” de “abatir delincuentes en horas de oscuridad”.
Asimismo, el viernes por la tarde cuatro de siete policías ministeriales detenidos por el caso Tlatlaya fueron liberados tras el pago de una fianza, debido a que el delito de tortura de que se les acusó no es considerado grave en el Estado de México. No obstante, el juez decidió este día vincularlos a proceso.
En el caso de los otros tres policías, el juzgador aún evalúa si obsequia las órdenes de detención, luego de que el grupo de uniformados fue señalado de torturar a tres mujeres sobrevivientes de la masacre ocurrida el 30 de junio de 2014.
Este viernes, Heyns advirtió en un comunicado que “los avances en la investigación para establecer lo sucedido en Tlatlaya resultan insuficientes, negándose con ello el acceso inmediato a la justicia de las víctimas y sus familias”.
El experto de la ONU aclaró que “las autoridades civiles tienen la obligación de investigar, juzgar y sancionar a las personas responsables de las presuntas ejecuciones extrajudiciales”.
Además, insistió Christof Heyns, “las autoridades mexicanas también tienen la responsabilidad de garantizar la protección de las testigos y las familias de todas las víctimas de Tlatlaya”.
Y esta responsabilidad, acotó, “incluye también la seguridad de los defensores y defensoras de derechos humanos relacionados con el caso”.
El experto independiente instó a las autoridades mexicanas a realizar esta investigación totalmente en el ámbito civil para garantizar su independencia e imparcialidad, y por lo tanto su efectividad.
El relator de ONU planteó además que “México puede mostrar su compromiso con los derechos humanos no sólo resolviendo el caso Tlatlaya, y asegurando el fin de la impunidad y la reparación integral a las víctimas, sino también cumpliendo todas las recomendaciones contenidas en mi informe de misión, presentado ante el Consejo de Derechos Humanos en 2014”.
Refuta Centro Prodh a la Segob
Luego de que el Centro Prodh exhibiera ayer una orden militar emitida unas semanas antes de la matanza, en la que se instruyó a la unidad castrense involucrada en los hechos a “abatir delincuentes en horas de oscuridad”, varias ONG repudiaron la orden al considerarla propiciatoria de graves violaciones a derechos humanos, por lo que demandaron que se investigue la “cadena de mando” militar.
En respuesta, la Secretaría de Gobernación justificó que la propia orden contiene salvaguardas en materia de derechos humanos y que el término “abatir” tiene acepciones distintas a la identificada por las ONG.
Con ello, acusó hoy el Centro Prodh en un comunicado, la Segob intentó llevar la discusión a un “debate lingüístico”, en lugar de aplicarse al deslinde de responsabilidades.
Más aún, el Centro Prodh aclaró que la orden no incorpora verdaderamente el respeto a los derechos humanos como pauta de actuación transversal de la tropa.
“Por el contrario, incluye al lenguaje de derechos humanos de manera accesoria, siempre como un añadido, generando una situación que como mínimo debe calificarse de ambivalente”.
Lo anterior, abundó la ONG, porque aunque se incorpora el lenguaje mencionado, las órdenes “son abiertamente contrarias a los derechos humanos, además de ilegales, pues instruyen expresamente a ‘abatir delincuentes’, lo que implica la suspensión de facto de nuestro marco legal en la medida en que éste sólo permite a las Fuerzas Armadas detener a civiles cuando éstos se encuentran en flagrancia delictiva, supuesto en el que deben ser presentados ante autoridad competente”.
Además, “la orden suspende el derecho humano a la presunción de inocencia, pues la convicción de que una persona es responsable de un delito sólo puede derivar de sentencia judicial y no de la apreciación subjetiva de una unidad castrense”.
El Centro Prodh también hizo ver al gobierno federal que el término “abatir” genera preocupación, dado el sentido conforme al cual es empleado en el caso Tlatlaya por diversos elementos de la Secretaría de la Defensa nacional (Sedena).
“No es de la definición proveída por los diccionarios de donde surge la alerta de los organismos civiles, sino del significado presente en las actuaciones castrenses. Así, recordamos que la orden de abatir es seguida en el expediente de al menos cuatro menciones donde este verbo es empleado como sinónimo de privar de la vida.
Así, argumentan los activistas, “en el radiograma emitido por el teniente al mando, éste se refiere sobre el desarrollo de los hechos: ‘Resultando abatidos 21 personas del sexo masculino, 1 del sexo femenino’; en el informe rendido por el Policía Ministerial Militar, donde se refiere que ‘Una vez controlada la situación, procedió a revisar el interior de la bodega, percatándose que se encontraban varios delincuentes abatidos (22 civiles muertos, 21 del sexo masculino y 1 femenino), armamento y tres camionetas’”.
También, cuando el Ministerio Público Militar recaba la declaración de los soldados, “hace referencia a los hechos ocurridos en la madrugada del 30 de junio, en los que según su dicho personal militar fue agredido por elementos de la delincuencia organizada, repeliendo la agresión habiendo abatido a veintidós civiles”.
Y “en la parte correspondiente a la individualización del tipo de infracción al deber militar que corresponde al teniente de infantería, el juez sexto militar adscrito a la I Región Militar señala:
“‘Si bien como se mencionó se encontraban en desventaja numérica respecto de sus agresores, también es cierto que el haberlos sorprendido dentro de la bodega señalada, dicho inmueble contaba solamente con una salida frontal, la que no podían cruzar sin la posibilidad de ser lesionados o privados de la vida, colocándose los ahora inculpados en ese tenor en situación de ventaja, habiendo abatido a los civiles a que se ha hecho referencia’”.
El Centro Prodh también resaltó que el término abatir se ha utilizado en al menos 20 ocasiones por parte de Sedena y de la Secretaría de Marina “para aludir a la muerte de personas identificadas como presuntos delincuentes en enfrentamientos con las Fuerzas Armadas, tan sólo en boletines relacionados con operaciones de las fuerzas armadas en los dos sexenios más recientes”.
Es por ello, sentenció, que “no existe duda de que en el caso Tlatlaya la noción de ‘abatir delincuentes’ tiene un significado unívoco, contrario a los derechos humanos a la vida y a la presunción de inocencia, por lo que su inclusión en una orden castrense es propiciatoria de graves violaciones a derechos humanos”.
Finalmente, el Centro Prodh planteó que “de inmediato la CNDH demande que sean suspendidas todas las órdenes militares que instruyan al abatimiento de personas”.
Fuente: Proceso