El Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en Ciudad de México le negó una suspensión definitiva al ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte, quien se encuentra privado de la libertad en el Reclusorio Norte por enriquecimiento ilícito y delincuencia organizada, contra cualquier posible nueva orden de captura, comparecencia o localización en su contra por parte de Fiscalía General de la República (FGR), reporta La Jornada digital.
La semana pasada, el Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal con residencia en Xalapa, Veracruz, le informó al titular del juzgado sexto de amparo, Juan Mateo Brieba de Castro, que estaba pendiente una orden de captura en contra del ex gobernador por desaparición forzada, en agravio de David Lara Cruz, elemento de la SSP desaparecido el 12 de enero de 2016 después de ser secuestrado por miembros de su propia corporación cuando salía de las instalaciones de evaluación y control de confianza de la dependencia.
En ese entonces Brieba de Castro solicitó al juez de control le informara si existía persona o personas que tuvieran derecho a la reparación del daño derivado de la desaparición forzada de Lara Cruz, así como sus nombres y el domicilio en el que pudieran ser localizados a fin de emplazarlos a juicio, asimismo, proporcionaran el domicilio donde pudiera ser localizado David Garcia Galván, fiscal Especializado para la Atención de Denuncias por Personas Desaparecidas zona Centro Xalapa o en su caso de la autoridad ministerial que haya intervenido en la audiencia donde se emitió la orden de aprehensión contra Duarte de Ochoa por el delito de desaparición forzada.
Sin embargo en el resolutivo que se publica este martes, el juez de amparo señaló que no fue posible que los jueces de Control de Procedimiento Penal Oral y Enjuiciamiento en el Estado de Veracruz con residencia en Córdoba; Huatusco; Jalacingo; Pánuco; y, Tantoyuca rindieran su informe previo.
Asimismo señaló que se solicitaron las constancias relativas al incidente de suspensión 498/2018, del Juzgado Decimoprimero de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, por relacionarse con la orden aprehensión girada contra el quejoso en la causa penal 103/2018, por el juez de Control del Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial de Xalapa.
Por ello difirió la audiencia incidental para recabar las constancias, así como los informes de las autoridades mencionadas y fijo el próximo 23 de septiembre a las 13 horas para que se lleve a cabo. “Primero. Se niega la suspensión definitiva solicitada por Javier Duarte de Ochoa, por los motivos y respecto de las autoridades precisadas en el razonamiento tercero de esta resolución. Segundo. Se difiere la audiencia incidental respecto de las autoridades mencionadas y motivo precisado en el último razonamiento de esta resolución” indica el fallo.
Fuente: La Jornada