El Grupo MVS pidió que el juez federal Fernando Silva García deje de conocer del amparo promovido por su ex conductora Carmen Aristegui.
La empresa promovió este martes la recusación de Silva, juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, quien la semana pasada admitió el amparo de Aristegui, y concedió una polémica suspensión provisional en la que ordenó a las partes sentarse a negociar sus diferencias.
La recusación fue turnada a un tribunal colegiado de circuito, ante el cual Silva deberá rendir un informe en 24 horas para responder a las causas de impedimento planteadas por MVS.
Si el juez niega la causa de impedimento, pero ésta es comprobada posteriormente, se expone a destitución del cargo y pena de dos a seis años de cárcel.
Si bien el escrito de recusación de MVS no es público, es probable que la empresa planteara el impedimento del juez con base en el artículo 51, fracción VII, de la Ley de Amparo, que señala que los juzgadores federales deben declararse impedidos para llevar un asunto “si tuvieren amistad estrecha o enemistad manifiesta con alguna de las partes, sus abogados o representantes”.
Versiones periodísticas recientes han destacado la supuesta amistad entre Juan Silva Meza, ministro de la Suprema Corte de Justicia y padre de Silva García, y el abogado Javier Quijano, cuyo despacho representa a Aristegui.
La decisión de Silva García de admitir el amparo de la periodista ha causado controversia al interior del Poder Judicial, pues decenas de amparos promovidos por simpatizantes de Aristegui para reclamar la terminación de su programa en MVS han sido enviados a los juzgados especializados en telecomunicaciones y radiodifusión.
El propio Silva se ha declarado incompetente para llevar estos amparos, y sólo admitió el de Aristegui, argumentando que no se impugnaban resoluciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones o de RTC, ni temas técnicos, sino los lineamientos que MVS impuso a sus conductores en marzo.
Sin embargo, jurisprudencia reciente del Pleno de Circuito Especializado en Telecomunicaciones y Radiodifusión estableció que todos los amparos relacionados con estos temas deben ser resueltos por las dos juezas especializadas en dichas materias, sin importar que no se trate de actos del IFT o RTC.
Por ley, MVS debió acompañar su escrito de recusación con un billete de depósito por 21 mil pesos o 300 días de salario mínimo, que es la multa máxima que se le aplicaría si el tribunal colegiado resuelve que promovió el impedimento de Silva García con el fin de entorpecer el trámite del juicio.
Es previsible que Silva negará la causa de impedimento alegada por MVS, por lo que el tribunal colegiado deberá celebrar una audiencia para desahogar pruebas, probablemente a finales de la próxima semana, y dictará sentencia a principios de mayo.
En paralelo, otro tribunal colegiado deberá resolver a más tardar el jueves si confirma, modifica o revoca la orden de Silva para que MVS reciba este viernes a Aristegui, en un intento para conciliar sus diferencias en presencia del árbitro José Woldenberg.
La empresa sostiene que no reinstalará a Aristegui, y que los lineamientos impugnados en el amparo nada tienen qué ver con la terminación de la relación con la periodista.
Fuente: Reforma