La Cámara de Senadores aprobó en lo general y en lo particular por unanimidad la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, enviada por el Jefe del Ejecutivo. El ordenamiento sancionará a publicaciones que difundan, sin autorización, fotos o datos de niños; 100 mil pesos de gravámen a quien solape violación de derechos.
La norma aprobada desaparece las sanciones penales que venían establecidas en la iniciativa preferente, y establece sólo multas económicas a los medios de comunicación por hasta 4.3 millones de pesos, en caso de que se viole la intimidad de los niños, los medios difundan datos de los procedimientos penales en que están inmersos, o difundan entrevistas sin permiso del tutor, y en menor medida sancionan a funcionarios y servidores públicos que no estén al pendiente de acoso escolar o en el hogar.
El ordenamiento garantiza el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos humanos de los menores de edad, conforme a la Constitución y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano forma parte, y establecerá un nuevo marco legal en materia de protección a los menores, en temas como bullying, maltrato familiar, niños migrantes y exposición en medios de comunicación.
También crea y regula la integración, organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y dispone que el interés superior de la niñez será prioridad en cualquier toma de decisiones o debate que los involucre.
Con modificaciones en 106 de sus 141 artículos, además de que se le agregaron 14 artículos más, la norma multa a concesionarios de radio y televisión con tres y hasta 30 mil días de salario mínimo, es decir, dos millones 18 mil 700 pesos, por difundir o transmitir fotos, entrevistas o información que afecten o impidan el desarrollo integral de niñas, niños o adolescentes, que hagan apología del delito o que violen la intimidad personal o familiar de los menores.
En caso de llevar a cabo entrevistas y su difusión, sin la autorización de los padres, tutor o consentimiento de los menores, también aplicará multas de hasta 30 mil días de salario mínimo, es decir, dos millones 18 mil 700 pesos a concesionarios de radio, televisión y encargados de dirigir medios impresos.
La misma sanción se aplicará a los medios de comunicación que difundan datos personales relativos a procedimientos penales, medidas de reparación, reinserción, restitución o asistencia de menores. En caso de reincidencia en un periodo de un año, la multa se aplicará hasta por el doble de lo que señala la ley.
Se establecen multas de hasta mil 500 días de salario mínimo, o sea 100 mil 935 pesos a servidores públicos federales, personal de instituciones de salud, educación, deportivas o culturales, empleados de asistencia social o cualquier índole federal, que no informen a la autoridad competente sobre la violación de alguno de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, al igual que se aplicará la misma sanción si estas personas propician, toleran o se abstengan de impedir cualquier tipo de abuso, acoso, agresión, daño, intimidación, violencia, maltrato o perjuicio, así como el personal de trabajo social o psicologico que intervengan en procesos de adopción que no cuenten con la autorización del DIF.
Una vez aprobada en lo general y en lo particular con 100 votos a favor y 0 en contra, la iniciativa preferente será enviada a la Cámara de Diputados, para que sea avalada en los próximos 30 días.
Fuente: La Razón