El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación informó que al menos 24% de más de 2 mil juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovidos ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), fueron impulsados por mujeres.
De acuerdo con cifras presentadas por el órgano jurisdiccional entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2013, recibió 2 mil 51 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, de los cuales, 24.87% fue presentado, individual o de manera conjunta, por mujeres, 66.75% por hombres, 7.75% de forma mixta.
El Tribunal afirmó que en sus resoluciones “ha juzgado con perspectiva de género,garantizando el acceso efectivo de las mujeres a los cargos de representación popular”, contribuyendo a que las ciudadanas depositen su confianza en este órgano.
“Si bien el género no determina el sentido de las resoluciones que emite el TEPJF, destaca que en el porcentaje de juicios resueltos de fondo, la Sala Superior y las cinco Salas Regionales declararon fundado 35.18% de los juicios promovidos por mujeres y 23.21% se consideró infundado”.
Agrega que en el caso de los medios de impugnación promovidos por hombres, 29.44% fue considerado fundado por el fundado y 25.44% infundado.
El tribunal presentó, en un comunicado, un breve recuento de la justicia electoral con perspectiva de género.
El órgano, a través de su Sala Regional de Guadalajara modificó, a través de la sentencia dictada el 14 de mayo del año en curso, los lineamientos y criterios para el registro de candidatos en el proceso electoral 2013, aprobado por el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua (CIEECH).
Al resolver cuatro juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, determinó inaplicar dos porciones normativas de la Ley Electoral del Estado y dos apartados de los lineamientos, por violar el marco legal y convencional en materia de derechos humanos, relacionados con la equidad de género.
En la sentencia se reiteró el criterio sostenido por el Tribunal Electoral, acerca de que no deben tener cabida las excepciones a las cuotas de género cuando se trate de procedimientos democráticos al interior de un partido.
Dicha resolución, al igual que la conocida como “anti Juanitas” emitida por la Sala Superior en 2012, fue reconocida en noviembre del año en curso por la Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia (AMIJ) como sentencia que incorporan la perspectiva de género.
Así, al referirse a justicia electoral con perspectiva de género, el Tribunal Electoral federaldetalló en un comunicado que ha emitido sentencias relevantes que han contribuido al respeto de los derechos político-electorales de las mujeres.
Apuntó que el 13 de marzo de 2013, la Sala Superior confirmó la designación de Carmen Patricia Salazar Campillo como presidenta del Tribunal Estatal Electoral de Sonora (TEES).
En la resolución se estableció que dicha designación no se oponía al principio de alternancia de género, a pesar de que esa responsabilidad fue desempeñada por una mujer.
En otro caso, recordó que el 21 de octubre de 2013, la Sala Superior confirmó el acuerdo delConsejo General del IFE por medio del cual se aprobaron los Lineamientos del concurso público 2013-2014 para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral (SPE) del organismo, en el cual se estableció, como una medida de carácter temporal, que en dicho proceso participarían únicamente mujeres.
Precisó que lo anterior, con el fin de contribuir a disminuir la brecha de género en el SPE, lo que de ninguna manera representaba una medida discriminatoria en contra de los servidores públicos del género masculino que impugnaron el acuerdo emitido por el máximo órgano directivo del IFE.
Fuente: El Universal