Maduro arrebata Banco Central a Congreso opositor

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A partir de ahora será el presidente de Venezuela quien designe al director de la institució

Solo un día antes de que tomara posesión la nueva Asamblea Nacional, en la que la oposición venezolana goza de mayoría abrumadora, el presidente, Nicolás Maduro, apuró los poderes que le había facilitado el anterior Parlamento chavista para reformar la Ley del Banco Central. Según la medida adoptada por el mandatario, la institución perderá la poca independencia con la que contaba y pasará a depender directamente del Gobierno y no de la Cámara, como hasta ahora.

Quizás el cambio con mayor trascendencia es la posibilidad que tendrá el Banco Central a partir de ahora de obtener, otorgar o financiar créditos al Estado en caso de que “exista amenaza interna o externa a la seguridad u otro perjuicio al interés público”. Eso supone que la autoridad monetaria podría financiar sin límites al Ejecutivo y sin supervisión parlamentaria y que el organismo, según detalla el portal Prodavinci, podrá suspender las operaciones que mantiene con las instituciones si no facilitan la información que solicite el propio Banco.

Las modificaciones dejan sin efecto la prohibición de que el ministro “que tenga bajo su competencia las finanzas públicas” forme parte del directorio. Los cambios establecen precisamente lo contrario: ahora este funcionario debe formar parte de la directiva.

Una de las principales críticas de la oposición al régimen de Maduro, que se había comprometido a cambiar una vez tomasen posesión los 112 diputados electos, es la opacidad del Banco Central en el último año. La institución no ha facilitado información sobre el Producto Interior Bruto, la escasez o la evolución de la inflación, que algunos organismos sitúan en más del 200%.

Tras la medida adoptada por Maduro —aprobada el pasado día 30 pero publicada este lunes— no habrá cambios en este sentido. Según la ley promulgada, el Banco Central de Venezuela “podrá clasificar determinada información como secreta o confidencial, cuando la divulgación o el conocimiento público anticipado de las actuaciones (…) pudieran derivarse perjuicios para los intereses generales”.

Más aún, la nueva regulación de la actividad del Banco Central permite al organismo acordar con el Ejecutivo “el esquema de suministro de información durante circunstancias internas o externas que amenacen la Seguridad Nacional y la estabilidad económica de la Nación”, un paraguas que permite albergar muchos supuestos.

La reforma adoptada in extremis por el Gobierno chavista también ha arrebatado a la nueva Asamblea Nacional la facultad de elegir al presidente o al directorio de la institución. Ahora, será el presidente del país quien designe, para un periodo de siete años, al responsable del Banco Central.

La nueva Asamblea que ayer tomó posesión podría revertir esta nueva norma sobre el Banco Central. Para ello, al tratarse de una ley orgánica, necesitaría los dos tercios del Parlamento, es decir, conservar la unanimidad de los 112 diputados que obtuvo en los comicios de diciembre. El chavismo ha promovido en los últimos días varios recursos para impugnar los resultados ante el Tribunal Supremo de Justicia. Este, dominado por el oficialismo, los aceptó y emitió una medida cautelar para suspender la investidura de cuatro diputados, tres de la oposición y uno del Gobierno.

Maduro ha aprovechado los poderes para legislar que le facilitó el anterior Parlamento, de mayoría chavista, para adoptar una serie de medidas después de la estrepitosa derrota electoral del pasado 6 de diciembre. Poco después de anunciar las modificaciones de la ley, el presidente venezolano aseguró que está evaluando la posibilidad de emitir un decreto “de emergencia nacional constitucional” para hacer frente a la “guerra económica”, una de las prioridades enarboladas por la oposición que ahora controla la Asamblea.

Fuente: El País

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