La SCJN prohíbe a Fiscalía acceso a cuentas sin orden judicial

0

El Pleno de la SCJN declaró inconstitucional la facultad de la Fiscalía General de la República para obtener información financiera y bancaria

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la facultad de la Fiscalía General de la República (FGR) para acceder a información financiera y bancaria sin orden judicial.

Por seis votos contra cinco, el Pleno aclaró en definitiva un tema que preocupa a las autoridades desde noviembre de 2017, cuando la Primera Sala de la Corte concedió un amparo contra el artículo 142, fracción 1, de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC).

La mayoría determinó que el acceso del Ministerio Público a la información financiera, sin autorización de un juez, viola el derecho humano a la vida privada.

“Pueden existir otras medidas legislativas más adecuadas, como las que obliguen a buscar autorizacion judicial previa a la irrupcion de la vida privada de los ciudadanos”, afirmó el nuevo Ministro Juan Luis González Alcántara, cuyo voto resultó decisivo.

“El combate a la delincuencia, al delito, debe ser anteponiendo la Constitución y los derechos humanos”, agregó el presidente Arturo Zaldívar.

En la minoría estuvieron los extitulares de la PGR y de la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF), Eduardo Medina Mora y Javier Láynez.

“El Ministerio Público tendrá que solicitar una autorización para investigar, cuando esa es su atribución Constitucional. En este tipo de delitos, se requiere como indicio mínimo y básico el destino de las transferencias y el seguir el dinero”, dijo Láynez, en alusión ilícitos como fraude fiscal y lavado de dinero.

Jorge Pardo advirtió que este criterio afectará a todas las investigaciones por cualquier delito realizadas hasta ahora, en la que se hubiera accedido a datos bancarios.

La Corte discutirá el lunes si matiza la sentencia para no afectar investigaciones previas de la FGR, que con apoyo de la PFF y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, rutinariamente accede a datos de las cuentas de sospechosos sin orden judicial.

No está del todo claro que habrá mayoría por esta opción, luego de que Zaldívar advirtió que no puede haber derechos humanos a partir de una fecha, y antes no.

“Estaríamos prejuzgando que a todas las personas a las que se han violado sus derechos, efectivamente son delincuentes”, dijo.

Luego del fallo de la Primera Sala en 2017, el criterio fue aplicado retroactivamente por algunos jueces, favoreciendo a acusados de fraude fiscal y lavado, entre ellos, la ex lideresa magisterial Elba Esther Gordillo, el contador del exgobernador de Veracruz, Javier Duarte, y Alvaro Emir Garduño, conocido como “Lord Rolls Royce”.

La Corte solo se pronunció sobre la facultad de la FGR, pero el artículo 142 también ordena a los bancos entregar información a las Fiscalías estatales, la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de la Función Pública, el SAT y autoridades fiscales locales, y la Procuraduría de Justicia Militar, todos sin orden judicial.

El amparo otorgado hoy a Pedro Guillén Mariscal, acusado por fraude fiscal de 5 millones de pesos, no invalida el artículo 142, fracción 1, de la LIC, pero garantiza que se concederán amparos a los investigados si la FGR lo sigue aplicando.

El Pleno discutió el caso de Guillén en noviembre de 2018, pero no hubo pronunciamiento, pues se desechó un proyecto del Ministro José Ramón Cossío, quien ya se retiró.

Todo incia que Guillén no será absuelto, porque el tribunal colegiado que revisó la condena en su contra, consideró que había pruebas adicionales a los reportes bancarios, que confirman su culpa.

La Corte ya había suprimido, desde 2017, la facultad de la FGR para bloquear cuentas bancarias y otros activos de sospechosos, y en 2018, declaró inconstitucional la misma atribución de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), oficina de la Secretaría de Hacienda.

En este último caso, sin embargo, el Congreso no ha reformado el artículo 115 de la LIC, por lo que la UIF sigue bloqueando cuentas.

El pasado 21 de mayo, el Consejo de la Judicatura Federal anunció que las solicitudes de la FGR sobre cuentas bancarias será revisadas por los seis jueces adscritos al Centro Nacional de Justicia Especializado en Control de Técnicas de Investigación, que operan en virtual secreto en un edificio de Insurgentes Sur, y resuelven las solicitudes por internet.

El Acuerdo del CJF aclara que los jueces serán competentes para procesar solicitudes del MPF “desde el inicio de la etapa de investigación inicial, durante la misma y hasta antes de que se judicialice el asunto”, pero no hace referencia a la UIF.

“La solicitiud de datos bancarios puede ser el primer acto de la investigación no judicializada (de la FGR), si le exigimos que necesariamente tiene que ir al juez para que le autorice la información, habrá casos en que no podrá llevarle ningun elemento”, advirtió Pardo.

Fuente: Reforma

Comments are closed.