La nulidad del matrimonio católico, ¿al alcance de todos?

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La llegada del papa Francisco ha traído un aire más fresco y, si se quiere, más humano a la Iglesia católica, y los asuntos relacionados con el trámite de la nulidad del matrimonio ante esa institución también han sido tocados por esos vientos de cambio.

En efecto, el sumo pontífice ha liderado largas reflexiones dentro del obispado y ha impulsado reformas radicales para facilitar el regreso a la comunión con la Iglesia a quienes fracasaron en su unión matrimonial, sin necesidad de procesos costosos e interminables.

El abogado Jorge Ernesto Villa, radicado en Roma desde hace más de 20 años, doctorado en Derecho Canónico y el único colombiano facultado para actuar ante el Tribunal de la Rota Romana (el tribunal de apelaciones del Papa), además del resto de cortes del Estado Vaticano, aceptó esta entrevista para explicar los alcances de las reformas, que ya están vigentes pero que apenas empiezan a conocerse entre los fieles.

¿Cuál es la diferencia entre tramitar un divorcio ante la ley civil y hacerlo ante la Iglesia católica?

Es muy importante aclarar que divorcio y nulidad son cosas bien distintas. El divorcio es considerado por la Iglesia católica un mal permitido por las leyes civiles y no está consagrado dentro de su ordenamiento. Implica dejar sin efectos una unión conyugal válida, celebrada con el cumplimiento de todos los requisitos, pero que puede romperse por la sola voluntad de uno o ambos cónyuges, quienes aceptan el fracaso del vínculo matrimonial. Así las cosas, de una unión válida se pasa a hacer cesar los efectos civiles con la intervención de la jurisdicción estatal, lo cual no significa que ante la Iglesia suceda lo mismo.

La nulidad es otra cosa, pues la Iglesia, consagrándola dentro de su ordenamiento, exige que se estudie en profundidad si el consentimiento matrimonial manifestado en el momento de su pronunciación era o no era válido.

Esto supone demostrar que en realidad el matrimonio nunca existió y, por ende, no nació a la vida jurídica ni generó efectos entre los cónyuges.

¿Por qué persiste en la gente la idea de que tramitar la nulidad de un matrimonio católico es un imposible en términos de tiempo y costos?

Una primera explicación tiene que ver con el poco conocimiento que se tiene del derecho canónico. La gente todavía no sabe cómo acceder a los tribunales y siempre los ha visto como algo distante, difícil y costoso.
Su santidad el papa Francisco ha impulsado importantes reformas para que esos prejuicios desaparezcan y para que los fieles se acerquen a la Iglesia o regresen a ella en caso de estar en una situación irregular, como sucede con las personas que después de romper la unión católica vuelven a casarse por lo civil.

¿A qué se refiere con ‘situación irregular’?

Para la Iglesia, el vínculo matrimonial es uno e indisoluble. Una vez celebrado, mientras no acudan a los tribunales eclesiásticos para solicitar la nulidad de su primera unión, aun habiéndose casado al amparo de la ley civil o conviviendo en unión libre, seguirán en una situación de no comunión, irregular ante la Iglesia. Lo mismo pasa con quienes se han casado en primeras nupcias por lo civil y, no obstante profesar la fe católica, no se han unido todavía por el sacramento.

Concretamente, ¿en qué consiste la reforma introducida por el papa Francisco?

El proceso que conocíamos era el resultado estructurado y complejo de una larga y noble tradición canónica. En 1741, Benedicto XIV había introducido la necesidad de la doble sentencia conforme, es decir, era obligatorio que un tribunal superior confirmara la decisión de la primera instancia para que se pudiera pasar a un nuevo matrimonio.

Pero con la reforma impulsada por el papa Francisco ya no es necesaria la doble sentencia conforme, lo cual puede considerarse una revolución en la práctica del derecho canónico.

Por supuesto, queda en pie la posibilidad de interponer el recurso de apelación aún ante el Tribunal de la Rota Romana, pero, como dije, se eliminó el sistema de doble instancia, y de este modo se dio un paso enorme para acercar a los fieles a los mecanismos judiciales ofrecidos por la Iglesia. En términos de tiempo, esto significa acortar más o menos a la mitad los trámites.

Otra innovación extraordinaria es la creación de un proceso más breve en primera instancia, que no existía y que ahora se puede surtir desde el inicio del trámite de la nulidad matrimonial.

Para el papa Francisco, “la lentitud de los procesos irrita y cansa a la gente”. Gracias a estas reformas, la nulidad del matrimonio católico está hoy más que nunca al alcance de los fieles.

¿En qué documentos se plasman los cambios radicales que usted menciona?

Desde el inicio de su pontificado, el papa Francisco manifestó una gran preocupación en torno a la pastoral familiar, no solamente en relación con quienes se han divorciado, sino con la institución familiar misma. Por ello se celebraron dos sínodos dedicados al tema y se publicaron, entre otros, dos documentos: el Motu Proprio: Mitis Iudex Dominus Iesus, de reforma del proceso, y la exhortación apostólica Amoris Laetitia, pastoral sobre el matrimonio.

Así como el derecho romano enseñaba que todo derecho fue creado en función del hombre, todo el derecho canónico existe solo en función de la salvación de las almas. Este es un principio clave para entender la nulidad del matrimonio católico y la nueva pastoral familiar integral: el proceso es un medio al servicio de un objetivo mucho más trascendente, como es el de la salvación del alma, pues el verdadero estado conyugal es un sacramento que implica un peculiar estado de consagración. Solamente a través de la reconstrucción moralmente cierta de la verdad sobre ese sacramento se puede lograr tal fin, por medio de la celebración de un nuevo matrimonio en comunión con la Iglesia.

El proceso es la búsqueda de esa verdad en el fuero externo, pues el matrimonio se celebró a la vista de la Iglesia, de los fieles y de la sociedad misma, por lo cual, como acto jurídico, goza de una presunción de validez. Pero si en el fuero externo no fue posible revelar un vicio en el consentimiento, la exhortación Amoris Laetitia introduce una novedad muy importante, pues aclara que, aun habiendo fracasado y viviendo en modo irregular, siempre podemos ser perdonados porque el Señor no condena a nadie irremediablemente. ¿Cómo? En confesión, es decir, en foro interno, cuando haya sido imposible obtener la nulidad y se den peculiares circunstancias que disminuyan la responsabilidad subjetiva en relación con esa irregularidad objetiva de la segunda unión.

El concepto de ‘verdad’ parece más complejo de lo que usualmente se entiende. ¿A qué se refiere el proceso canónico cuando habla de ‘verdad’?

Mientras que el ordenamiento civil se conforma con una verdad procesal, el ordenamiento canónico –buscando, como ya se dijo, la salvación de las almas– siempre irá más allá en el propósito de indagar qué pasó realmente en el momento de la celebración del matrimonio. Para la Iglesia la verdad es mucho más que ganar o perder un pleito, o recuperar el estatus de soltero. No se admite una discordancia entre la verdad real y la verdad procesal, y esto es muy importante para que la gente no se llame a engaños: si un matrimonio es válido, no será declarado nulo; pero si no lo es, así se reconocerá en el proceso.

¿Cómo evitar que estas reformas amparen a los que quieren casarse una y otra vez ante la Iglesia católica?

Consciente de estos riesgos, el papa Francisco reafirmó la importancia de que sea el obispo mismo el juez natural de las partes, con el fin de evitar que se tome como juego el trámite de la nulidad matrimonial. Los obispos, en comunión entre ellos y con el santo padre, tienen la responsabilidad de aplicar de manera sabia, responsable y diligente todas estas reformas. También es muy importante que las parejas tomen la decisión de casarse a consciencia y con mejor acompañamiento de los pastores y de la Iglesia. Casarse no por moda, por una fiesta suntuosa, por lucir un vestido de novia o porque es el rito al que estamos obligados por tradición familiar, sino por convicción espiritual e informada del paso que se da.

¿Cómo avanza el proceso de formación de párrocos, abogados y jueces que deberán aplicar estas reformas en Colombia?

En este aspecto el reto es enorme, porque el objetivo es que los fieles perciban un cambio y que la Iglesia se acerque mucho más a la periferia de la existencia, como le gusta decir al santo padre.

Las normas por sí solas no bastan. El Papa ha dicho que lo deseable es que toda diócesis tenga su tribunal, para que más fieles puedan acceder a las causas. Esto implica que un tribunal debe funcionar con personal debidamente formado: jueces, defensores del vínculo, abogados, etcétera, tanto clérigos como laicos que se conviertan en excelentes operadores jurídicos, pues no se puede improvisar en un tema tan delicado como el matrimonio.

También deben crearse los centros pastorales de escucha, una especie de consultorios jurídicos dispuestos a atender a los fieles y a resolver todas sus inquietudes antes de acudir al abogado y a los tribunales.

Usted también ha litigado en pleitos contra sacerdotes por abuso sexual. ¿Cómo evitar la impunidad frente a casos tan graves?

Por fortuna, estas situaciones tan dolorosas están siendo afrontadas por la Iglesia con una determinación y un rigor sin precedentes, aun con la promulgación de nuevas normas que así lo permiten. Pero cuando digo rigor me refiero a que también en estos procesos la Iglesia manifiesta una peculiar atención por la verdad y por la dignidad de las personas, que no son tales sin la garantía del derecho de la presunta víctima a obtener justicia y del sacerdote acusado a defenderse en un proceso justo.

Fuente: El Tiempo

1 Comment

  1. NULIDAD MATRIMONIAL ANTE LA IGLESIA CATÓLICA AL QUEDAR DEBIDAMENTE ESTABLECIDO ESTE PROCESO
    ME PARECE QUE NO TIENEN EN CONSIDERACIÓN A LOS DESENTIENDES DE LAS PAREJAS QUE ANULAN SU MATRIMONIO CATÓLICO, ESTO, ESTO ME PONE A PENSAR LOS HIJOS SON NULOS PRODUCTO DE UN MATRIMONIO ANULADO, COMO LE LLAMAREMOS A ESOS DESENTIENDES?