La Corte ampara la privacidad de celulares

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La Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos dictaminó que la policía debe solicitar una orden judicial para poder rastrear teléfonos móviles, y obtener datos de ubicación y llamadas. Se trata de un gran triunfo a favor de la defensa de la privacidad de los usuarios.

Esta sentencia del máximo tribunal, dictada por una mayoría de cinco jueces contra cuatro, es una gran victoria para los partidarios de la Cuarta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos, que protege a los ciudadanos contra cualquier intrusión en su privacidad sin una causa.

Esa enmienda, puntualmente, requiere que las pesquisas y aprehensiones realizadas por una autoridad del gobierno deben estar justificadas por una “causa razonable”.

El fallo en cuestión se basa en Timothy Carpenter, que fue condenado por una serie de robos armados en Michigan y Ohio ocurridos en 2011. Para probar su responsabilidad en esos incidentes, la fiscalía utilizó información proporcionada por empresas de telecomunicaciones. Exactamente, se obtuvieron 12.898 ubicaciones del móvil de Carpenter durante un período de 127 días.

Así, cruzando datos de las señales del teléfono con la de las torres de celulares se pudo determinar la ubicación de Carpenter en diferentes momentos. Y se vio que, en varios casos, el imputado se encontraba cerca de las escenas de crimen en los momentos que ocurrían los robos. Finalmente, y en parte gracias a esta información, se lo condenó en 2013.

Las autoridades solicitaron los datos de celulares de las empresas de telefonía amparándose en la Ley de Comunicación Almacenada (Stored Communications Act) que establece que es suficiente que haya “causa razonable” para creer que cierta información es relevante en una investigación.

Pero en este caso, la Justicia entendió que la recopilación de la ubicación del celular del usuario (las huellas digitales creadas por Carpenter a lo largo de cuatro meses) estaba amparada por la Cuarta Enmienda que impide que se hagan rastreos sin que se obtenga una orden judicial, para lo cual hay que demostrar que existe “causa probable” para considerar que una persona cometió un delito.

De este modo, la Corte Suprema contradijo el fallo de la Corte de Apelaciones que previamente había dictaminado que los datos de ubicación del celular no están protegidos por esa Enmienda.

Fuente: Infobae

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