Un juez federal suspendió de momento cualquier orden de aprehensión que pudiera haber sido girada en los últimos días contra Rosario Robles, quien ya fue emplazada judicialmente para responder a una imputación por la Estafa Maestra.
Un juez federal de amparo concedió a la extitular de Sedesol y Sedatu, Rosario Robles Berlanga, una suspensión provisional en contra de una posible orden de aprehensión girada en su contra, o de cualquier orden de comparecencia que implique que una fuerza de seguridad pública la detenga para presentarla ante un juzgado.
La concesión de dicha suspensión provisional es resultado de la demanda de juicio de amparo que Robles Berlanga inició a través de sus abogados, tras darse a conocer que la Fiscalía General de la República pidió a un juez que cite a la exfuncionaria a audiencia y proceder penalmente en su contra por irregularidades relacionadas con la llamada Estafa Maestra.
Aunque los abogados defensores de Robles han sostenido que tienen la intención de presentarse a dicha audiencia programada para el 8 de agosto ante un juez de control del Reclusorio Sur, confirmaron que iniciaron una demanda de amparo para averiguar si no existen otros casos u órdenes de aprehensión o comparecencia en contra de su clienta.
Dicha demanda de amparo quedó radicada en el Juzgado Décimo de Distrito en Materia de Amparo Penal del Primer Circuito que ya la admitió a trámite y que resolvió conceder de manera automática la suspensión provisional para que no se ejecute las posibles órdenes, mientras solicita los informes correspondientes que le permitan analizar las mimas.
Dicha suspensión es efectiva siempre y cuando los delitos por los cuales se hubiera girado la supuesta orden de aprehensión no sean de los considerados de prisión preventiva automática, como por ejemplo, delincuencia organizada o hechos de corrupción.
“De conformidad con el numeral 166 de la ley de la materia, SE CONCEDE A MARÍA DEL ROSARIO ROBLES BERLANGA, LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL para el efecto de que, si el delito por el que libró la orden de aprehensión, no implica prisión preventiva oficiosa, la quejosa no sea detenida con motivo de dicho acto de molestia”, indica la resolución del juez.
De la misma forma el juez de amparo también concedió la suspensión provisional en contra de una posible “orden de comparecencia”, es decir, en contra del posible uso de la fuerza pública para obligar a Rosario Robles a comparecer en la audiencia del 8 de agosto o en cualquier otra.
Como parte de este juicio de amparo el juez fijó como fecha el 6 de agosto para realizar la sesión en la que definirá si concede una suspensión definitiva en contra de las eventuales órdenes, luego de que compruebe que realmente existen. Y por otro lado, para resolver el fondo del asunto y determinar si ampara o no a la extitular de Sedesol, se ha fijado como fecha de audiencia constitucional el próximo 29 de agosto.
Como expertos en amparo ya explicaron, la concesión de estas suspensiones y de los juicios de amparo solo tienen como finalidad revisar que las autoridades (en este caso la Fiscalía General de la República) hayan actuado en contra de la persona que promueve la demanda sin violar sus derechos constitucionales, pero no estudia el caso de origen ni determina si una persona es inocente o culpable.
Fuente: Animal Politico