La Secretaría de la Función Pública multa con 158 millones 662 mil pesos a Francisco Javier Álvarez Báez, quien fuera director general de Programación y Presupuestación de la Sedatu.
La Secretaría de la Función Pública (SFP) inhabilitó por 10 años y multó con 158 millones 662 mil pesos a Francisco Javier Álvarez Báez, quien fuera director general de Programación y Presupuestación de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) bajo el mando de Rosario Robles.
“Al incurrir en irregularidades administrativas (el exfuncionario) ocasionó un daño patrimonial por esa cantidad”, según la SFP.
En un comunicado en el que no mencionó el nombre, sólo el cargo, la SFP explicó que, a partir de los trabajos del Órgano Interno de Control (OIC), la sanción fue confirmada cuando un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa emitió una ejecutoria y sobreseyó el juicio de amparo que la persona exservidora pública había interpuesto.
“Previamente, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) también resolvió confirmar la inhabilitación y la multa, al resolver la demanda de nulidad solicitada”, precisó la dependencia.
Indicó que el OIC inició la investigación en la Sedatu como resultado de una observación del órgano auditor superior; sin embargo, durante las indagatorias se hallaron diversas irregularidades, por las cuales determinó imponer la sanción en 2018, tras acreditar que el exfuncionario omitió en 2015 cumplir con sus responsabilidades como encargado de la entonces Dirección General de Programación y Presupuestación de esa dependencia, al no dar de baja su usuario en un sistema de adecuaciones presupuestales, originando el uso indebido del mismo.
“La omisión de la persona servidora pública permitió que indebidamente se solicitara una ampliación de recursos por más de 158 millones de pesos (mdp) supuestamente para otorgar subsidios adicionales y atender de manera inmediata a los beneficiarios del Programa de Vivienda Rural que maneja el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares (Fonhapo); no obstante, dicha ampliación fue ilegal y se omitió acreditar su uso y destino” afirmó la SFP.
Precisó que tales conductas constituyen faltas administrativas, según lo establece la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y el Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Con este tipo de acciones de defensa de la legalidad, abundó, la SFP busca inhibir las conductas que pudieran representar riesgos de corrupción, combatir la impunidad, resarcir el daño patrimonial ocasionado al erario y prevenir un mal ejercicio de la función pública.
E informó que el OIC en Sedatu ya notificó de la resolución al Servicio de Administración Tributaria (SAT), para la ejecución del crédito fiscal.
Fuente: Apro