Inconstitucional, ley de movilidad del DF

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Una juez federal declaró inconstitucional diversos artículos de la Ley de Movilidad del Distrito Federal aprobada en julio de 2014 por la Asamblea Legislativa y promulgada por el jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, ya que violan derechos humanos, de libertad de asociación y de expresión.

La ley obliga avisar a las autoridades sobre marchas con 48 horas de anticipación y prohíbe el uso de las vías primarias para manifestaciones.

El fallo derivó por una demanda de garantías que interpuso una organización civil, el cual ya fue impugnado por la ALDF, por lo que será un tribunal colegiado el que resuelva si confirma, modifica o revoca la sentencia.

Paula María García Villegas Sánchez Cordero, juez segunda de distrito en materia administrativa del DF, resolvió que los artículos 212, 213 y 214, van contra la Carta Magna y de lo que establecen tratados internacionales.

En su sentencia, subrayó que la manifestación pública constituye una herramienta para el ejercicio del derecho fundamental de libertad de expresión y de asociación, como mecanismo de vigilancia y denuncia de violaciones a derechos humanos, derecho que, aclaró, no es absoluto o ilimitado.

En el fallo, la juzgadora ordena al jefe de Gobierno capitalino desincorporar de la esfera jurídica la porción normativa consistente de presentar un aviso con cierto tiempo de anticipación (48 horas) para realizar una manifestación; asimismo, para que no se restrinja el uso de vías primarias de circulación continua en la Ciudad de México, salvo en aquellos casos en los que exista un riesgo inminente y ponga en peligro a las personas.

Fuente: EFE

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