La Segunda Sala de la Corte Suprema (SCJN) declaró inconstitucional la desaparición del Fondo Fidecine, mecanismo que buscaba el ingreso y participación de la industria cinematográfica pero que fue abolido por el Congreso de la Unión en 2020. La mayoría de sus colegas respaldaron la propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán, tres a favor y uno en contra del ministro Javier Laynez Potisek, de cancelar el decreto que canceló este instrumento tras la reforma a la Ley Federal del Cine. . Dado que el citado ministro dijo que su remoción viola el “derecho a la cultura reconocido en la constitución federal” al que tienen acceso los ciudadanos, ordenó al Congreso corregir estas deficiencias. “Por ser contrario al principio de reserva de ley, procede conceder el Amparo, para que el Congreso de la Federación cumpla cabalmente con el deber definido en la última parte del párrafo duodécimo del artículo de la Constitución Política. las deficiencias de la ley federal de los Estados Unidos Mexicanos, que reconoce expresamente el derecho al desarrollo y fomento continuo de la industria cinematográfica nacional”, señaló el ministro en su decisión. Al analizar el proyecto, la segunda cámara también abordó la creación del programa de promoción del cine mexicano que surgió tras la desaparición de Fidecine, pero advirtió que no es equivalente y no puede regular algo que no está bajo su jurisdicción, sino bajo la Constitución. “La legislación debe crear mecanismos de acceso y participación en todas las manifestaciones culturales, no tanto un programa de desarrollo institucional. Por eso no es nada sobrenatural que exista un nuevo programa de promoción cinematográfica que podría reportar beneficios aún mayores si finalmente no se legaliza”. . ”, razonó.