El consejero del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ichitaip), Rodolfo Leyva Martínez, promovió un amparo contra la designación del sacerdote jesuita de la Diócesis de la Tarahumara, Javier El PatoÁvila Aguirre, como integrante del Consejo General de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del estado, porque vulnera el Estado laico garantizado en la Constitución, reporta Proceso.
Corral y los sacerdotes Pato Ávila, Camilo Daniel y DIzán Vázquez
El juez Octavo de Distrito, Mauricio Fernández de la Mora, aceptó el amparo promovido el 11 de julio, de acuerdo con el expediente 1055/2017, en el que impugna la “ilegal designación del sacerdote jesuita (…) producto de un doloso atropello de la Constitución federal efectuado por el gobernador Javier Corral Jurado, con la aquiescencia del Congreso local”.
De acuerdo con Leyva, Corral hizo lo necesario para beneficiar a su amigo en una posición gubernamental, por lo que considera que es un acto de corrupción que violenta bases legales de la República.
El consejero del Ichitaip dijo que luego de 160 años de historia, un gobernante se atrevió a violentar de manera grave las leyes, a designar a un ministro de culto en un puesto gubernamental, aún cuando no pueden ser funcionarios públicos a menos que se separen con antelación y en el caso de El Pato Ávila, sigue siendo sacerdote.
“Los controles fallaron, ninguno de los dos tuvo la entereza, el carácter, la humildad, la madurez para decir que es incorrecto, aunque sean amigos; falló la estructura de gobierno, el secretario general promovió al sacerdote (…) el Congreso falló porque nadie le dijo que no. Este caso va a sentar precedente histórico para que nadie repita un acto de corrupción de esta manera”.
Rodolfo Leyva fue removido hace unos meses, como presidente del Ichitaip y atribuyó ese hecho a que presuntamente el gobernador se introdujo en la autonomía del organismo porque quería gente dócil para poderla manipular.
El sacerdote Javier Ávila atribuyó esa demanda a un golpeteo directo contra el gobernador, ya que ni él conoce a Rodolfo Leyva ni éste lo conoce a él.
“Sé que es panista y tuvo una mala actuación en la dependencia donde trabaja (…) de cualquier manera, sé que no puede ver a Javier (Corral) y el golpe no es contra mí sino contra Javier porque estoy cerca de él. Veo que busca reflectores y claro, golpeando, echando lodo. Yo no soy tan importante para que alguien me dedique toda una página. Creo más bien que me agarró de chivo expiatorio y trampolín para embarrar a Javier”, insistió el jesuita.
El sacerdote dijo que la demanda no le preocupa porque nadie puede romperle un compromiso, excepto él mismo. “Como comisionado o sin ser comisionado, yo seguiré atendiendo víctimas y dando ‘consejo’ a quien me lo pida, aunque no tenga permiso”.
Los actos reclamados por Rodolfo Leyva son por la propuesta del gobernador para designar a Javier Ávila en la terna presentada al Congreso del Estado, así como la designación del Poder Legislativo y la promulgación del decreto correspondiente en el Periódico Oficial del Estado, ordenada por el secretario general de Gobierno, César Jáuregui Robles.
Leyva argumenta que el artículo 40 de la Constitución federal establece que fue voluntad del pueblo mexicano constituir un Estado federal con un gobierno democrático, republicano, representativo y laico, el último adjetivo enfatiza que la actividad gubernamental debe ser independiente de cualquier organización o confesión religiosa.
Indica también en la demanda de amparo, que Ávila Aguirre se desempeña como comisionado junto con el fiscal general, César Augusto Peniche Espejel y otros tres comisionados; administra directamente la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas porque el Consejo General es la máxima autoridad, según la Ley de Víctimas.
Agrega que las actividades de la Comisión que integra el sacerdote incluyen decisiones gubernamentales generales y específicas, prestación de servicios a víctimas del delito, elaboración de programas de políticas públicas, asignación de recursos públicos, nombramiento de funcionarios, elaboración de normas internas, coordinación de instancias oficiales, capacitación de funcionarios, control y evaluación del desempeño de funcionarios y promoción de procedimientos de responsabilidad.
El cargo es honorario, pero para Leyva es irrelevante porque lo prohíbe la Constitución, con independencia de alguna remuneración económica, ya que “lo que se impide es que se mezclen la religión y el gobierno, que los ministros de culto tengan influencia indebida a favor de la religión, a través del desempeño de una actividad gubernamental”.
El secretario general de gobierno, César Jáuregui Robles, sostuvo ayer en la tarde que el nombramiento es legal porque no se trata de un puesto público, no forma parte del organigrama del Poder Ejecutivo.
Justificó que el nombramiento del sacerdote se dio luego de una terna propuesta por organizaciones de la sociedad civil por su experiencia en la defensa de los derechos humanos, principalmente de las comunidades indígenas e insistió en que la Constitución ni la Ley de Víctimas le impide ocupar ese cargo honorario.
Rodolfo Leya insistió en que El Pato Ávila sí ocupa un cargo público en el Consejo General de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y en que fue el gobernador quien presentó la terna directamente ante el Congreso, no las organizaciones sociales.
Quienes defienden al sacerdote indican que el artículo 1 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua dice que los ministros de culto no pueden ser gobernadores, diputados, secretarios generales, fiscal general ni magistrados del Poder Judicial, únicamente.
Fuente: Proceso