La nueva ley en materia electoral que negocian PRI, PAN, PRD y Gobierno establece una serie de requisitos que deberán cumplir quienes aspiren a obtener registro como candidatos independientes y que una vez cumplidos se descarta incluir la fotografía o la silueta del contendientes ciudadanos en las boletas electorales
Según el proyecto de Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales –que sustituirá al Cofipe–, los aspirantes presidenciales sin partido deberán demostrar firmas de apoyo equivalentes al 1 por ciento de la lista nominal de electores (alrededor de 783 mil firmas) de al menos 17 entidades federativas. En el caso de los aspirantes a senadores, deberán recabar 2% de firmas de al menos la mitad de los distritos del estado por el que pretendan competir.
A su vez, quienes busquen ser diputados de mayoría también deberán acreditar el 2 por ciento de firmas del distrito al que aspiren.
En el proyecto se plantea que los independientes no podrán hacer campañas por radio y televisión para recabar firmas, y tampoco acceso a financiamiento público hasta que obtengan el registro.
“(Los aspirantes) podrán realizar actos tendientes a recabar el porcentaje de apoyo ciudadano requerido por medios diversos a la radio y la televisión”, acota.
Para recabar firmas, los aspirantes podrán recibir apoyos privados “de origen lícito”, excluyendo aportaciones o donaciones en efectivo, así como “metales, piedras preciosas de cualquier persona física o moral y sujetos especificados en la ley”.
Una vez que obtengan el registro, dispondrán de financiamiento público y tiempos en radio y televisión.
Se especifica, además, que ningún candidato independiente podrá recibir financiamiento que exceda 50 por ciento de los montos asignados al tipo de candidatura de que se trate.
De manera similar se procederá con el acceso a tiempos de radio y televisión.
“Tener acceso a los tiempos de radio y televisión, como si se tratara de un partido político de nuevo registro, pero en forma proporcional al tipo de elección de que se trate, únicamente en la etapa de las campañas electorales”, señala la iniciativa.
El proyecto en proceso de negociación establece que, una vez registrados, los independientes no podrán ser sustituidos en ninguna etapa del proceso.
Además, descarta incluir la fotografía o la silueta del candidato independiente en las boletas electorales.
Sólo aparecerá su nombre completo y su emblema con sus colores.
El documento preliminar señala que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) emitirá y difundirá la convocatoria respectiva, y aclara que no podrá haber candidaturas por la vía de representación proporcional.
Una vez emitida la convocatoria, los interesados se registrarán ante el INE y, si cumplen los requisitos, obtendrán su registro como candidatos independientes.
Fuente: Reforma