En edición vespertina, este viernes se publicó el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía.
“En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a veinte de diciembre de dos mil trece”, señala el documento rubricado por el presidente de México, Enrique Peña Nieto.
El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en elDiario Oficial de la Federación, es decir, mañana sábado 21 de diciembre.
El documento establece que el sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28, párrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre el gobierno federal la propiedad y el control sobre los organismos y empresas productivas del Estado que en su caso se establezcan.
Refiere que, tratándose del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, en el subsuelo, la propiedad de la Nación es inalienable e imprescriptible y no se otorgarán concesiones.
Con el propósito de obtener ingresos para el Estado que contribuyan al desarrollo de largo plazo de la Nación, ésta llevará a cabo las actividades de exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos mediante asignaciones a empresas productivas del Estado o a través de contratos con éstas o con particulares, en los términos de la Ley Reglamentaria, señala.
Para cumplir con el objeto de dichas asignaciones o contratos las empresas productivas del Estado podrán contratar con particulares. En cualquier caso, los hidrocarburos en el subsuelo son propiedad de la Nación y así deberá afirmarse en las asignaciones o contratos.
CLAVES DE LA REFORMA ENERGÉTICA
El presidente Enrique Peña Nieto promulgó la reforma energéticarecientemente aprobada por el Congreso con la que pretende impulsar la inversión privada en su estratégico sector petrolero, en la mayor apertura en décadas a la explotación de hidrocarburos.
La reforma es el corazón de una amplia agenda de cambios con los que el mandatario aspira apuntalar a la segunda mayor economía de América Latina que ha tenido un mediocre crecimiento en los últimos años.
A continuación algunos aspectos relevantes de la reforma así como de la industria petrolera del país:
Modificación constitucional. Se modificaron los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución para permitir que se concreten contratos con particulares en la exploración y extracción de hidrocarburos y electricidad.
Contratos múltiples. Se establecen modalidades que incluyen, entre otros, contratos de servicios, de utilidad o producción compartida o de licencia para realizar por cuenta de la nación actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, incluyendo las que puedan hacer las empresas productivas del Estado con particulares.
Tipos de pagos. La ley establecerá modalidades de contraprestación que pagará el Estado: en efectivo para los contratos de servicio; con un porcentaje de la utilidad para los contratos de utilidad compartida; con un porcentaje de la producción obtenida para los contratos de producción compartida; con “la transmisión onerosa de los hidrocarburos” (venta a boca de pozo) una vez que hayan sido extraídos del subsuelo para los contratos de licencia; o cualquiera de estas combinaciones.
Reportes empresariales. Las empresas que suscriban un contrato podrán reportar para efectos contables y financieros la asignación o contrato correspondiente y sus beneficios esperados, siempre y cuando se afirme que el petróleo y todos los hidrocarburos que se encuentran en el subsuelo son propiedad de la Nación.
Fondo petrolero. México creará un nuevo fondo para administrar la renta petrolera que será supervisado por el banco central.
Fuente: Notimex y Reuters