En la mira, deuda de los Estados

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El pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) resolvió, de manera unánime, pedir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) la versión íntegra de las “Cédulas de Inscripción del Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios”. 

En ese documento se precisan, entre otros datos, la fecha en que se contrajo deuda pública con instituciones crediticias; las características y condiciones de cada obligación, es decir el monto del adeudo, el plazo contratado y la tasa; así como el nombre de los acreedores, desde 2011 hasta el 16 de octubre de 2012.

Lo anterior después de que una persona solicitó a la SHCP la relación de entidades federativas y municipios inscritos, la fecha en que contrajeron obligaciones financieras, las principales características y condiciones de cada obligación, las instancias acreedoras y demás información contenida en el “Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios”.

En respuesta la SHCP, a través de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas, remitió al particular cuatro vínculos electrónicos, en los que podría encontrar la información solicitada. Inconforme, el solicitante interpuso un recurso de revisión ante el IFAI en el que señaló que no recibió los datos precisos de la información requerida.

El caso fue turnado para su resolución a la comisionada María Elena Pérez-Jaén. Una vez admitido el recurso de revisión, la SHCP reiteró su respuesta; sin embargo, indicó que la información relativa al citado registro no se encontraba en el formato solicitado (electrónico).

Sin embargo la información requerida obraba en sus expedientes físicos, por lo que el particular podía obtener copias simples de los expedientes, así como realizar la consulta de manera física en sus instalaciones.

No obstante, aclaró que la Ley de Instituciones de Crédito dispone que la información relativa a los créditos y préstamos es confidencial y constituye secreto bancario. Por ello la información se considera reservada con fundamento en los artículos 13, fracción III, y 14, fracciones I y II, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG).

Ante esta contradicción por parte de la SHCP, la comisionada María Elena Pérez-Jaén determinó procedente llamar al sujeto obligado a las instalaciones del IFAI con el propósito de verificar la documentación.

En la audiencia de acceso a documentos, se pusieron a disposición de la comisionada mil 20 expedientes que forman parte del citado registro.

En los expedientes revisados se identificó que al inicio de cada uno de ellos se encontraba un documento denominado “Cédula de Inscripción”, emitida por la Dirección de Deuda Pública de Entidades y Municipios, y que contiene los datos suficientes para satisfacer la solicitud del particular.

Fuente: Notimex

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