El Parlamento de Ecuador no consiguió los votos necesarios para destituir al presidente del país suramericano, Guillermo Lasso. Faltan sólo ocho votos.
Tras un extenso debate, que comenzó el pasado sábado, la AN sometió a votación la noche de este martes la moción para destituir al mandatario, pero no se llegó a los votos favorables de las dos terceras partes de los parlamentarios, es decir, 92, como lo establece la ley local.
La votación quedó con 84 votos afirmativos, 42 negativos y 11 abstenciones.
#PlenoLegislativo | Por la rectificación de la votación de la moción de destitución del Presidente de la República, @LassoGuillermo, existen: 84 votos afirmativos, 42 negativos y 11 abstenciones. pic.twitter.com/gk3ju6zPIM
— Asamblea Nacional (@AsambleaEcuador) June 29, 2022
La solicitud para llevar a cabo el debate en el pleno sobre la destitución de Lasso fue hecha por la bancada de la Unión por la Esperanza (Unes), en medio del paro nacional indefinido que se lleva a cabo en el país suramericano desde el pasado 13 de junio, convocado por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) y al que se han sumado otros colectivos sociales.
Unes sustentó su petición en el artículo 130 de la Constitución del país, que establece que el Parlamento puede destituir al mandatario en los siguientes casos:
- Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional.
- Por grave crisis política y conmoción interna.
La petición se basó específicamente en el numeral 2 de ese artículo, luego de que el propio presidente Lasso, según Unes, reconoció en dos decretos emitidos durante el paro —que luego fueron derogados—, en los que declaraba el estado de excepción en varias provincias, la existencia de una “grave conmoción interna”.
Este mecanismo de destitución se conoce en Ecuador como “muerte cruzada”. Si el fin del mandato era aprobado en la AN, el vicepresidente asumía la Presidencia de la República y en un plazo de siete días el Consejo Nacional Electoral (CNE) tendría que haber convocado para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales anticipadas.
El mecanismo también puede ser utilizado por el mandatario. El artículo 148 de la Constitución da la facultad al presidente de disolver el Congreso. En caso de hacerlo, también se convocarían elecciones legislativas y presidenciales anticipadas.
Fuente: RT