El Poder Judicial de la Federación validó la tortura contra las sobrevivientes de la masacre de Tlatlaya, Estado de México, para emitir el auto de libertad por falta de pruebas para procesar a tres soldados acusados de homicidio de ocho de los 22 civiles, alertó Araceli Olivos Portugal, abogada del Centro de Derechos Humanos Agustín Pro Juárez (Centro Prodh).
A unos días de que se diera a conocer la sentencia a la apelación del auto de formal prisión emitida por el Sexto Tribunal Unitario del Segundo Distrito, Olivos Portugal consideró “escandalosa” la resolución, debido a que el magistrado ponente dio “valoración preponderante a las primeras declaraciones de las sobrevivientes, que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ya había determinado en su recomendación (51/2014) que fueron obtenidas bajo tortura”.
También te recomendamos
El Centro Prodh representa a Clara Gómez, una de las tres sobrevivientes de la masacre de Tlatlaya, ocurrida el 30 de junio de 2014, quienes después de los hechos fueron detenidas y procesadas por portación de armas de fuego y obligadas a aceptar que formaban parte de un grupo del crimen organizado.
Clara, madre de una de las víctimas mortales, fue liberada, pero las otras dos agraviadas permanecieron en prisión algunos meses hasta que el caso Tlatlaya fue evidenciado por la agencia AP y la revista Esquire, en septiembre de ese año, y la CNDH declarara que las mujeres habían sido torturadas y la escena del crimen alterada por el personal militar.
En su recomendación, la CNDH también advirtió que de los 22 civiles caídos, entre 12 y 15 habrían sido ejecutados arbitrariamente, sin embargo, entre ellos no estaba la hija de Clara.
Olivos Portugal destacó que la resolución del Tribunal Unitario dejó libres bajo reserva a los militares Fernando Quintero, Roberto Acevedo y Leobardo Hernández, quienes fueron consignados por la PGR como “presuntos responsables de homicidio con el agravante de ventaja, encubrimiento en la modalidad alterar la escena de los hechos y los vestigios, así como abuso de autoridad y ejercicio indebido, ahora se les absuelve de todos los ilícitos, eso es muy grave”.
El tema de debate se centró en que en “las primeras declaraciones de las sobrevivientes, que la CNDH dijo que fueron obtenidas bajo tortura y tratos crueles, hablan de un momento de disparos; con la intervención de la PGR en octubre de ese mismo año declaran que hubo dos momentos, uno de intercambio, donde hubo muertes por fuego cruzado, y el segundo en el que entran los militares a la bodega y, una vez que ya se han rendido los civiles, es cuando los militares los ejecutan”.
El magistrado ponente, insistió Olivos Portugal, dio un trato “benévolo a los militares”, a quienes les da mayor valor probatorio a sus pruebas de descargo, alegando contradicciones en las declaraciones de las testigos en la segunda declaración, ya sin coacción.
“En realidad las inconsistencias son mínimas, pero las tres terminan por coincidir en que hubo dos momentos de disparos, pero el juez no toma en cuenta la forma en que ellas rindieron su primera declaración, que fue bajo tortura”, apuntó.
En cuanto a las declaraciones de los militares, agregó, el trato es totalmente distinto. “Ante la PGR admiten que hubo dos momentos, pero después se retractan alegando que el Ministerio Público los obligó a declarar esa situación, y el magistrado da valor a esa retractación, lo que dice es coincidente con la primera declaración de las sobrevivientes”.
Peor aún, apuntó, el juez admite que hubo homicidio simple, “y dice que alguien los mató, pero no abunda por qué no fueron los militares o quiénes fueron los autores si ellos no fueron, lo cual es muy grave”.
Tras recordar que Clara Gómez, su representada, no fue reconocida como víctima en el juicio, Olivos Portugal advirtió que el caso está ahora tanto en la cancha de la PGR, que “tiene la obligación de sustentar con más elementos su acusación”, como por la CNDH y la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV).
“Las familias de las ocho víctimas consideradas por la PGR pueden interponer un amparo contra la sentencia, por lo que la CEAV tiene la oportunidad de asesorarlos de manera adecuada para interponer el recurso, y la misma CNDH tendría que defender su recomendación, de la misma manera apoyando a las víctimas, orientándolas para perfeccionar el amparo”, resaltó la abogada del Centro Prodh.
Fuente: Apro