Cientos de comuneros del Istmo de Tehuantepec libran una batalla judicial con la empresa Eólica del Sur, de capital japonés, que instaló en sus tierras el parque eólico más grande de Latinoamérica. El caso escaló a la SCJN y a la CIDH.
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Cientos de comuneros del Istmo de Tehuantepec libran una batalla judicial con la empresa Eólica del Sur, de capital japonés, que instaló en sus tierras el parque eólico más grande de Latinoamérica. El problema viene de antes, cuando la firma realizó una consulta entre la población y firmó contratos de arrendamiento de tierras, al tiempo que obtenía permisos del gobierno cuando los campesinos solicitaban amparo en un tribunal federal. El caso escaló a la Suprema Corte, pero ésta consideró que la consulta sí fue “previa” y “de buena fe”. Los inconformes llevaron la queja a la CIDH, pero ahora denuncian que la empresa les niega los pagos, los acusa de extorsión y secuestro por protestar… y sigue sin pagar el alquiler de los terrenos.
OAXACA, Oax.- “¡Vinieron a arrasar con nosotros, con la complacencia de los gobiernos de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto! Estoy arrepentido de haber firmado con Eólica del Sur. Es inexplicable que, siendo los dueños de la tierra, ahora seamos tratados como delincuentes”, dice el campesino zapoteco Arturo Martínez Ruiz, quien firmó un contrato con esa empresa.
El parque Energía Eólica del Sur, con una inversión de mil 200 millones de dólares de la trasnacional japonesa Mitsubishi, fue inaugurado el 28 de mayo de 2019 y es considerado el más grande de Latinoamérica, pues sus 132 aerogeneradores tienen capacidad para producir 396 megawatts (MW) y cuenta con dos subestaciones y 77 torres.
Está ubicado en los municipios de Juchitán y El Espinal, en el Istmo de Tehuantepec. Abarca un área aproximada de 4 mil 500 hectáreas distribuidas en dos polígonos: Bii Nissa (en Juchitán), con 60 aerogeneradores para 180 MW, y Xtipa Bii (El Espinal), con 72 aerogeneradores para 216 MW.
En su página de internet la firma no dice a qué empresas vende la energía; sólo refiere que la subestación correspondiente a cada polígono se interconectaría, mediante líneas de transmisión, a la subestación de la Comisión Federal de Electricidad llamada Ixtepec Potencia.
Aunque Eólica del Sur resalta que para establecerse en la región se realizó una consulta en las comunidades indígenas, a decir de la organización defensora de derechos humanos Global Rigths Advocacy, se trató de un mero trámite y fue “amañada”, porque los contratos se firmaron entre 2012 y 2013, la consulta se realizó en 2015 y 2016 y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de la empresa en noviembre de 2018.
La organización no gubernamental destacó que “la SCJN perdió una oportunidad histórica de protección a los derechos de los pueblos indígenas en una sentencia deficientemente concebida y redactada”.
“Esta Primera Sala advierte que el proceso de consulta se realizó de buena fe y, además, se obtuvo el consentimiento de la comunidad indígena, atendiendo a que el proyecto eólico es a gran escala tal y como se determinó al resolver la cuarta cuestión”, se asienta en la sentencia del Amparo Directo en Revisión 1060/2018, promovido por pobladores inconformes.
Sin embargo, según Global Rights Advocacy, antes de realizar la consulta esa empresa ya había obtenido diversos permisos y firmado contratos con cientos de personas en tierras comunales. Es decir, el parque eólico entró en fase de construcción cuando la SCJN todavía no emitía su decisión.