Al menos diez instancias federales, incluidas la Presidencia de la República, las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, la Procuraduría General de la República (PGR) y la Policía Federal (PF), tratan de impedir la creación de un mecanismo extraordinario que permita conocer la verdad y hacer justicia en el caso que tiene marcado al saliente gobierno de Enrique Peña Nieto: la desaparición forzada de 43 estudiantes de la Normal Rural de Ayotzinapa.
Por Gloria Leticia Diaz/ Proceso
En la estrategia jurídica para combatir la sentencia –de suyo inatacable– dictada por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, con sede en Reynosa, Tamaulipas, que ordena la creación de la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala), se han presentado más de cien recursos a cargo de las dependencias mencionadas así como de las secretarías de Salud, Hacienda y Gobernación, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social y la Cámara de Diputados.
Con la figura de “tercero extraño a juicio”, alegando que no fueron llamadas al litigio, las oficinas de asuntos jurídicos de las dependencias federales y del Poder Legislativo trabajan a marchas forzadas para interponer recursos de revisión extraordinaria contra la sentencia –diseñada por el magistrado Mauricio Fernández de la Mora– en tres frentes: el propio Tribunal Colegiado de Circuito de Reynosa; el Tercer Tribunal Unitario del Décimo Noveno Circuito, responsable de vigilar el cumplimiento; así como a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que ha admitido a trámite decenas de escritos y que tendrá la última palabra en el caso.
A la Primera Sala de la SCJN le corresponderá decidir si mantiene firme la resolución del Primer Tribunal Colegiado, como está constitucionalmente establecido, o si secunda al Tercer Tribunal Unitario, órgano por debajo del Colegiado, cuyo titular, Sabino Pérez García, el pasado 18 de julio consideró fundados los incidentes de la PGR y de la Cámara de Diputados, de que la sentencia es de imposible cumplimiento.
Argumentos uniformes
Este semanario tuvo acceso a algunos de los recursos de revisión presentados ante los órganos judiciales, en los que destaca la uniformidad de argumentos para atacar la sentencia del Primer Tribunal Colegiado de Reynosa, en lo que corresponde a la creación de la Comisión de Investigación, formada por el Ministerio Público, la representación de los familiares de las víctimas y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Del mismo nodo, hay un férreo cuestionamiento al emplazamiento del Tribunal Colegiado a investigar a la PF, al Ejército y la Marina –“esta última por posibles actos de tortura y uno de ejecución extrajudicial”–, además de que “se ha suscitado retraso, ineficacia y falta de imparcialidad en las indagaciones respectivas, pero también existen serias alegaciones de tortura en el curso de la investigación”.
En el incidente presentado por la PGR se omite pronunciarse sobre la primera parte de la resolución, en la que se ordena la revocación de la formal prisión por delincuencia organizada de los promoventes del juicio de amparo (Miguel Ángel Landa Bahena, Salvador Reza Jacobo, Patricio Reyes Landa, Jonathan Osorio Cortés, Darío Morales Sánchez, Agustín García Reyes, Felipe Salgado Rodríguez y Gildardo López Astudillo), al considerar que hay indicios de que fueron víctimas de detención arbitraria, retención ilegal, posible tortura y ausencia de defensa adecuada.
El Tribunal Colegiado dio un plazo de 10 días a la PGR para aclarar, con base en dictámenes periciales independientes, si los detenidos fueron torturados antes de que se definiese la situación jurídica de los procesados, asunto omitido en la impugnación.
El incidente presentado por la directora general de Asuntos Jurídicos de la PGR, Carmen Lucía Sustaita Figueroa, reivindica la rebasada “verdad histórica”, que considera que los estudiantes fueron ejecutados e incinerados en el basurero de Cocula, y sus restos vertidos en el río San Juan, al indicar que el magistrado ponente descartó, “sin pronunciamiento alguno, el cúmulo probatorio que ofreció el agente del Ministerio Público” para ejercer acción penal contra los quejosos.
Fragmento del reportaje especial publicado en Proceso 2181, ya en circulación.