Diputados aprueban reforma laboral contra el charrismo sindical

0

Tras casi ocho horas de debate, la Cámara de Diputados aprobó esta noche las reformas legales en materia laboral que, entre otros temas, buscan contener al “charrismo sindical. La reforma pasa ahora al Senado.

El pleno de la Cámara de Diputados concluyó la discusión en lo particular de la reforma laboral, con modificaciones a solo siete de 104 artículos reservados.

Con 258 votos a favor, 67 en contra y 18 abstenciones, se aprobaron cambios en los artículos 110, 153 K, 343 E, 395, 684 G, 848 y 927.

En la presentación de posturas, los partidos señalaron que el nuevo marco legal va en sintonía con las disposiciones del tratado comercial con Estados Unidos y Canadá, y con el convenio 87 de la OIT, en materia de libertad sindical.

Todos los partidos expresaron su respaldo a la reforma, incluso los dirigentes obreros surgidos del PRI, que reconocieron su nueva posición cuando se aplique el voto directo, personal, libre y secreto de los secretarios generales sindicales.

A lo largo de la revisión del dictamen, el pleno aceptó algunas reservas, en su mayoría las que negoció el PAN con Morena. Así, se hizo un cambio respecto de la temporalidad del proceso de pre huelga y huelga.

En tribuna, el panista Fernando Torres Graciano presentó una reserva para determinar que, después de emplazado el patrón, a petición del sindicato se podrá prorrogar o ampliar el periodo de pre huelga por una sola ocasión hasta por treinta días, con objeto de llegar a un acuerdo conciliatorio.

Solo se podrá dar una prórroga mayor, en caso de empresas o instituciones que dependan de recursos públicos o solo si el tribunal considera que exista causa que lo justifique.

Además, que en caso de que el contrato colectivo o el convenio de revisión no sea aprobado por los trabajadores, el sindicato podrá prorrogar el periodo de pre huelga hasta por 15 días, o si existen circunstancias que lo ameriten, se podrá autorizar una prórroga hasta por un máximo de 30 días, siempre y cuando el sindicato lo solicite y justifique.

La modificación también considera que las partes podrán prorrogar o ampliar el periodo de pre huelga con objeto de llegar a un acuerdo conciliatorio, no obstante, no podrá tener una duración que afecte derechos de terceros.

Se incluyeron otras tres modificaciones del blanquiazul: definir que las empresas podrán descontar las cuotas sindicales “siempre y cuando el trabajador haya expresado su consentimiento por escrito”; imponer multas a las mineras que, por omisión, causen la muerte de uno o varios trabajadores; y que si un sindicato aplica una sanción a un trabajador ello no afectará su permanencia en el empleo.

Fuente: La Jornada/ Reforma

 

Comments are closed.