Como un precedente histórico, el Décimo Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa concedió un amparo a la politóloga Denise Dresser que establece el derecho de réplica y verificación de la información que obliga a los funcionarios públicos, en específico en el contexto de las “mañaneras”, a evitar difamaciones con el uso de recursos públicos. Aunque advierte que la Presidencia podría ignorar la sentencia, esto significaría un desafío de mayor alcance.
Se trata de un hecho que rebasa el ámbito del gremio periodístico. “Atañe no solo a periodistas, las implicaciones que tiene y los precedentes que asienta son para todos los difamados en la mañanera. La sentencia, básicamente, está sobre el ´Quién es quién en las mentiras´ y le está diciendo a la autoridad, en este caso a Liz Vilchis, que no puede inventarse información ni dar juicios de valor subjetivos sobre las personas de las cuales habla”, afirma la Doctora.
Es decir, deben verificar la información antes de emitirla para que sea veraz y sin sesgos como marca la Constitución y aunque no se alude directamente al presidente Andrés Manuel López Obrador, porque no es quien elabora los lineamientos de comunicación social, lo que sí es que de ahora en adelante cualquier autoridad que emita información en ejercicio de comunicación política usando recursos públicos tiene que ceñirse a estos lineamientos.
La analista advierte un riesgo latente:
“Cuál es el problema, tenemos que un presidente que ha dicho abiertamente ´no me vengan con que la ley es la ley´, es probable que ignore la sentencia del Tribunal, que no se dé por aludido, que Liz Vilchis tampoco lo haga, pero al no incorporar estos elementos en su actuación están en un desafío a una sentencia de un tribunal colegiado”.
Esto último a diferencia, por ejemplo, de la excandidata a la presidencia por la oposición, Xóchitl Gálvez, a quien una jueza le concedió que se le debía dar el derecho de réplica. Ahora se trata de tribunal colegiado, por lo que a partir de este momento la ´mañanera´ tiene que otorgarlo.
“A partir de este momento tendría que haber un espacio en el cual los difamados pudieran subirse a la tarima y responder (a la) difamación que se hace y si no ocurre, los periodistas ahí tendrían que abiertamente decir ´usted está desafiando una sentencia de un tribunal colegiado´”.
En el caso de la politóloga, solo podría acudir una vez que el presidente aluda a su persona de nuevo, dado que no se puede aplicar de manera retroactiva y se tiene un plazo únicamente de 15 días para tomar este derecho de réplica, el cual debe ser otorgado por la autoridad, por lo que llamó a todos quienes sean aludidos a hacer valer este mandato.
La sentencia incluye a quienes sean víctima de la revelación de datos personales “porque dice que el Estado tiene la obligación de proteger a los periodistas, que debe garantizar su labor sin temor a represalias, ni agresiones, que debe evitar emitir declaraciones que puedan aumentar el riesgo para los periodistas”.
“También dice que no se puede emitir información con juicios subjetivos que puedan distorsionar la realidad o dañar a terceros, que se debe evitar la manipulación y proteger el derecho a ser informado con veracidad. La sentencia dice cosas muy duras y lo que habría que estar machacando todos los días en la mañanera”, señaló.