El presidente Andrés Manuel López Obrador decretó la instauración de Agencia Nacional de Aduanas de México, al separar la Administración de Aduanas del Sistema de Administración Tributaria (SAT). López Obrador describió hoy cómo operará la Agencia Nacional de Aduanas, creada por él mediante un decreto, como vía para “seguir combatiendo contrabando, drogas, y evasión fiscal”.
“Por eso la decisión de limpiar, por eso la decisión de crear esta agencia que va a trabajar coordinada con el Sistema de Administración Tributaria (SAT). En lo operativo van a ser las fuerzas armadas, porque hay contrabando de combustibles, armas, fentanilo. Tenemos que poner orden en todo lo relacionado con aduanas”, señaló.
Y puntualizó que no admitirá a recomendados. “Siempre las aduanas son codiciadas por corrupción. Ya habíamos iniciado con la entrega de los puertos a la Marina. Estamos poniendo orden”, reiteró.
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Así, Aduanas se convierte en un órgano desconcetrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como señala el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y como antes adelantó el presidente mexicano.
Anteriormente, López Obrador aseguró que firmó el decreto para fortalecer el sistema aduanero en México y combatir el contrabando y la corrupción.
“Estamos por publicar un decreto para fortalecer al sistema de aduanas, con la participación tanto de la Secretaría de Marina como de la Secretaría de la Defensa”, afirmó durante la mañana del martes.
Específicamente, el decreto señala:
“Artículo 1. Se crea la Agencia Nacional de Aduanas de México como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dotado de autonomía técnica, operativa, administrativa y de gestión, que tendrá el carácter de autoridad fiscal y aduanera y facultades para emitir resoluciones en el ámbito de su competencia.
Artículo 2. La Agencia Nacional de Aduanas de México tiene por objeto organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, para aplicar y asegurar el cumplimiento de las normas jurídicas que regulan la entrada y salida de mercancías del territorio nacional, así como las relativas al cobro de las contribuciones y aprovechamientos aplicables a las operaciones de comercio exterior, en cumplimiento de las atribuciones ejecutivas que le confiere este Decreto, así como aquellas que le sean expresamente instruidas por el Secretario de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 3. El domicilio de las oficinas centrales de la Agencia Nacional de Aduanas de México será el que determine el Ejecutivo Federal. Asimismo, contará con oficinas en las entidades federativas y sus plazas más importantes, así como en el extranjero, a efecto de garantizar una adecuada desconcentración geográfica, operativa y de decisión en asuntos de su competencia conforme a este Decreto, al Reglamento Interior que expida el Presidente de la República y a las demás disposiciones jurídicas aplicables”.
Fuente: Tiempo