Criminalización de la protesta social

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Por Miguel Concha

En el contexto de la toma de posesión del titular del Ejecutivo Federal en la ciudad de México el pasado primero de diciembre, la población fue alarmada con noticias sobre enfrentamientos entre policías y manifestantes en las calles. Era de esperarse que en los alrededores del Palacio Legislativo de San Lázaro ciudadanas y ciudadanos ejercieran sus derechos a la libertad de expresión, reunión y asociación, como formas de protesta ante un gobierno que fue cuestionado por diversos sectores nacionales e internacionales. Desafortunadamente se ha venido demostrando en los días posteriores que estas manifestaciones fueron acalladas por medio de detenciones arbitrarias e ilegales, que han implicado también diferentes violaciones a los derechos humanos, principalmente de jóvenes.

La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal señaló desde un principio a las personas detenidas como pertenecientes indiscriminadamente a grupos anarquistas y al movimiento #YoSoy132 como responsable de diversos delitos graves. Sin embargo, la calificación de tales cargos ha resultado infundada en muchos de los casos, luego que las organizaciones de derechos humanos, abogados y familiares de los detenidos han venido documentando distintas anomalías en el operativo policiaco y la actuación del Ministerio Público. Entre los abusos, se han detectado actos que han puesto en peligro la vida y la integridad de los manifestantes, ante el uso excesivo de la fuerza pública para dispersar las manifestaciones. Entre los casos más graves se encuentran los de Francisco Kuykendall, Uriel Sandoval y Carlos Valdivia, quienes resultaron gravemente heridos.

El 3 de diciembre, la Red de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos hizo un llamado urgente, manifestando su firme rechazo al uso desproporcionado de la fuerza por parte de agentes estatales, y exigiendo el respeto al debido proceso de los imputados, así como el rechazo a los múltiples abusos en las detenciones de los manifestantes, con la finalidad aparente de reprimir no sólo la comisión de delitos, sino el legítimo derecho a la protesta social. Al mismo tiempo, hizo un llamado a los actores estatales a presentar públicamente a todas y todos los detenidos, para que pudieran constatar el estado en el que se encontraban, permitiendo el contacto con sus familiares y defensores.

En un contexto sumamente preocupante, agravado por las reiteradas versiones agresivas de algunos medios, familiares de las personas detenidas, organizaciones civiles, abogados que conformaron la Liga 1º de diciembre, movimientos sociales –entre ellos el #YoSoy132– y grupos de intelectuales y académicos se han articulado de forma solidaria para documentar casos y trabajar en favor de la legalidad y la justicia para cada una de las 70 personas detenidas. Entre ellas, 11 mujeres y 59 hombres, la mayoría jóvenes.

Hay que señalar que las autoridades les han imputado delitos graves –para muchos especialistas de corte político– que no alcanzan fianza, con penas que pueden llegar hasta los 45 años de prisión, por la agravante de haber sido supuestamente cometidos en pandilla. Las actuaciones ministeriales dan constancia de que se han fincado contra las personas detenidas los delitos de ataques a la paz pública, a las vías de comunicación, a la propiedad, robo en pandilla y lesiones, entre otros.

Sin embargo, las principales violaciones a los derechos humanos se cometieron al momento de las detenciones, y también posteriormente. A las personas remitidas a la Agencia 50 del Ministerio Público se les negó el contacto con sus familiares y el acceso a sus representantes legales. También por parte de cientos de policías que los cercaron a las afueras de la Agencia 50 se produjeron actos de intimidación y enfrentamiento en contra de los familiares y representantes legales. Las personas detenidas fueron posteriormente trasladadas al Reclusorio Norte, los hombres, y a Santa Martha Acatitla, las mujeres, donde los amedrentamientos e intimidaciones siguieron latentes contra los familiares y defensores.

Las organizaciones de derechos humanos afirman que las y los ciudadanos no buscan optar por caminos no institucionales para expresarse libremente, sino para fortalecer el funcionamiento de las instituciones, a través del intercambio de ideas y la manifestación de sus reivindicaciones. En una sociedad democrática están convencidos de que tienen el derecho al goce y disfrute de derechos conexos. Es decir, aquellos que no son contrarios al orden establecido, aún cuando se encuentren estrechamente vinculados con actos de orden político, como los de reunión, asociación y libertad de expresión, derechos que están contemplados en los artículos 19 y 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y en los artículos 13 y 15 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Tampoco se puede restringir el derecho a la libre expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares. Los derechos de asociación, reunión y de libertad de expresión son un requisito fundamental, indispensable para la existencia de una sociedad democrática. No así la represión, el uso excesivo de la fuerza y el patrocinio de entes desconocidos o grupos de choque que alienten o cometan delitos.

De acuerdo con el especialista argentino Raúl Zaffaroni, la Declaración Universal de Derechos Humanos estima esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el ser humano no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión.

Fuente: La Jornada

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