Los alcaldes independientes de Juárez y Parral no tendrán que separarse de sus cargos para postularse a la reelección pero aun así siguen obligados a recaudar firmas de apoyo, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación según un reporte de El Diario de Chihuahua.
El pleno de la Suprema Corte resolvió en su sesión pública del este 23 de noviembre, la Acción de Inconstitucionalidad 131/2017 y acumuladas, impulsada por el presidente municipal Alfredo Lozoya de Parral a través del PT y Movimiento Ciudadano, informó a Tiempo digital el secretario del ayuntamiento de ciudad Parral, Francisco Sánchez Villegas
La Corte, declaró inconstitucional el que los partidos políticos tuvieran acceso a las listas de apoyo ciudadano que entregan los aspirantes independientes al Instituto Estatal Electoral, ya que consideró que se ponían en riesgo los datos personales de los electores y su derecho de participación política.
Sobre este punto, el Ayuntamiento de Parral previamente había exhortado al Ichitaip para que presentara acción de Inconstitucionalidad, sin embargo resolvió no hacerlo. Ahora, el Tribunal Constitucional del país le ha dado la razón al Cabildo Parralense.
Asimismo, resolvió que no será necesario para quienes aspiren a la reelección solicitar licencia durante la campaña electoral en razón de que la medida prevista en la reforma electoral resultaba desproporcionada y contraria a los fines de la reelección.
De la misma forma, por lo que toca a la licencia para recolección de firmas para los candidatos independientes, la Interpretación de la Corte es en el sentido que cuando ésta guarda relación con la reelección, resulta inconstitucional.
Con esta resolución impulsada por el Ayuntamiento de Parral se modifica de manera significativa el escenario del proceso electoral en puerta.