La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJF) ordenó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) revocar la postulación de Marcelo Ebrard como candidato suplente a diputado federal.
Por unanimidad, los cinco magistrados presentes consideraron que los consejeros del INE incumplieron la sentencia que había dictado la Sala Superior en el recurso 125 de este año en la que se ordenó revocar la postulación de Ebrard como candidato titular en el primer lugar de la lista de la cuarta circunscripción.
“Nuestra sentencia anterior debe ser acatada en sus términos, de lo contrario redundaría en una formalidad sin el efecto último que tienen las sentencias en el Estado de Derecho.
“La ejecutoria irradió a todo el proceso de registro, tanto como candidato propietario como suplente de Movimiento Ciudadano en este proceso electoral”, afirmó el magistrado Constancio Carrasco, presidente del Tribunal.
La Sala Superior resolvió cuatro recursos que fueron presentados contra la nueva postulación de Ebrard, la cual fue avalada por el Consejo General del INE el 13 de mayo como una sustitución solicitada por Movimiento Ciudadano y ya no como una postulación.
El Partido Verde pidió que se revocara la decisión del INE por considerar que así se estaba incumpliendo la sentencia emitida previamente por la Sala Superior.
“Permitir el registro resultaría aceptar un fraude a la ley e implicaría que esta sala aceptara que sus sentencias carecen de eficacia vinculante para las partes”, afirmó la magistrada María del Carmen Alanís.
Los ponentes de los proyectos votados fueron los magistrados Esteban Penagos y Manuel González.
El magistrado Flavio Galván dijo que, aunque en efecto en la sentencia previa no se le había declarado inelegible a Marcelo Ebrard, sí quedó en los hechos inhabilitado para ocupar la candidatura específica por la que volvió a ser postulado.
“El registro es como candidato y la revocación fue como candidato, en consecuencia las autoridades, el partido y el ciudadano estaban en el deber jurídico de acatar y cumplir esta sentencia, al momento en que el partido solicita su registro como candidato a diputado federal suplente incumple la sentencia”, afirmó Galván.
Fuente: Reforma