Tras el debate legislativo sobre lareforma energética promulgada el viernes por el presidente Enrique Peña Nieto y publicada en el Diario Oficial, surge una controversia jurídica sobre la posibilidad de que una consulta popular en 2015 revoque esa iniciativa.
El Partido de la Revolución Democrática (PRD) promueve una consulta popular sobre una reforma constitucional que abre el sector energético a la iniciativa privada, por primera vez en siete décadas.
Pero entre dirigentes políticos y expertos jurídicos hay dudas sobre si esa consulta, de llevarse a cabo, pueda tener validez constitucional y, muy posiblemente, esas inquietudes tendrán que ser resueltas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El subsecretario de Hidrocarburos, Enrique Ochoa, dijo que hay que esperar a la reglamentación de una ley de consulta popular que aprobaron los diputados y está pendiente de que pase a estudio de los senadores.
“Esperemos con mucha atención a lo que el Congreso de la Unión determine (…), va a depender de lo que se resuelva en términos legales”, afirmó al ser consultado sobre la posibilidad de que un plebiscito desaliente la llegada de empresas extranjeras.
El PRD defiende la validez de la consulta que promueve, apoyado por 1.7 millones de firmas, pero el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido Acción Nacional (PAN), que aprobaron la reforma energética, están convencidos de que no hay posibilidad de que una consulta popular pueda echar para atrás la iniciativa.
“Las consultas populares tienen que hacerse alrededor de preguntas específicas, que no implican que se modifique un artículo constitucional u otro”, sostiene el líder de los diputados del PRI, Manlio Fabio Beltrones.
Desde el PAN, su líder, Gustavo Madero, cree que la Constitución “no contiene las disposiciones que desean los que aspiran a derogar” la reforma energética.
El artículo 35 de la Constitución deja claro que las consultas populares no se pueden aplicar a temas relacionados con los ingresos y gastos del Estado, como los que intenta regular la reforma energética.
La nueva normativa para el sector redefinirá el aporte fiscal de Petróleos Mexicanos (Pemex) y fija nuevos esquemas para que las arcas del Estado se nutran con las operaciones de las empresas privadas que en el futuro comiencen a explotar el crudo y el gas en el país.
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Expertos jurídicos dan la razón a los políticos del PRI y del PAN.
“Por el tipo de materia que se trata no cabe la consulta”, opinó el coordinador del área de Derecho Constitucional del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la estatal Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Miguel Carbonell.
El académico sostuvo que como la materia sometida a consulta afectaría los ingresos del Estado, el artículo 35 de la Constitución impide someter a un plebiscito ese apartado.
Además, tampoco está claro si de acuerdo con el artículo 35 de la Carta Magna, “son consultables las reformas constitucionales”, señaló.
“No es tan tajante, daría lugar a una interpretación (de la Corte Suprema de Justicia). El derecho siempre es interpretable”, añadió.
El académico y expresidente del Instituto Federal Electoral, Luis Carlos Ugalde, parece tenerlo más claro.
“La consulta popular contemplada en nuestra Constitución no incluye el concepto de revocación o ratificación de reformas constitucionales o legales.
“En 2015 se podría solicitar una consulta popular para decidir sobre temas relacionados a la materia energética, con base en una pregunta específica, pero se trataría de un nuevo proceso legislativo, no de la ratificación o revocación del que acaba de concluir”, agregó
En cualquier caso, la decisión final sobre la interpretación legal le corresponde a la SCJN.
El PRD ya anunció que sus equipos de abogados preparan un recurso ante esa instancia, pero pasará tiempo antes de que sea resuelto.
Fuente: EFE