El presidente Enrique Peña Nieto envió a la Cámara de Senadores una iniciativa para que la “compra” o “adquisición” en tiempos de radio y televisión durante los procesos electorales sea causal de nulidad.
De esta forma, precisa el Ejecutivo federal “implica un supuesto más amplio”, que como lo estableció la reforma político-electoral, pues “ya no sería necesario acreditar la obligación correlativa de la entrega del precio cierto y en dinero, sino únicamente la violación grave y determinante consistente en la adquisición de cobertura informativa”.
El Ejecutivo subraya en su iniciativa de reforma al artículo 41 de la Constitución que “la reforma político-electoral aprobada el pasado periodo de sesiones por el Congreso de la Unión aunque constituye un avance importante, aún es limitada en el caso de nulidad de la elección, por ello, propongo, una nueva modificación para hacerla más precisa”
Así, explica, al añadir la palabra adquiera, implica un supuesto mucho más amplio por lo que ya no sería necesario acreditar la obligación de la entrega del precio cierto y en dinero, sino únicamente la violación grave, dolosa y determinante consistente en el supuesto de la adquisición de cobertura informativa.
Destaca que cuando se habla de compra de cobertura, no es un elemento relevante para los efectos de los fines que persigue la reforma constitucional, pues basta el acceso indebido a la cobertura informativa o los tiempos de radio y televisión para que se produzca una consecuencia en el proceso electoral.
Durante la negociación de la reforma política, los senadores incluyeron el término “adquirir” espacios en radio y televisión, pero la Cámara de Diputados la sustituyó por la palabra “comprar”. El Ejecutivo, con esta iniciativa retoma la redacción original.
Fuente: La Jornada