La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) determinará las modalidades del consumo personal de mariguana para los cuatro individuos beneficiarios de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), lo que incluye la obtención de la semilla, la cantidad de yerba que podrán tener y establecer con claridad que el consumo únicamente podrá hacerse en el domicilio de cada uno de ellos.
En su caso, deberán contar con el permiso expreso de terceros afectados y nunca podrán consumir frente a menores de edad, aseguró Mikel Arriola, titular de la Cofepris.
En entrevista, el funcionario señaló que de presentarse nuevas solicitudes de permiso para siembra, posesión y consumo personal de la cannabis, la comisión seguirá rechazándolas porque la Ley General de Salud no ha cambiado. Se mantienen vigentes los artículos que establecen que la mariguana es una sustancia cuyo uso está prohibido en el país.
Reconoció que nuevos solicitantes podrán iniciar un juicio como el que el pasado miércoles resolvió el máximo tribunal, pero sólo los que obtengan la misma sentencia podrán acceder al permiso para el consumo personal de la droga. Destacó que los ministros reconocieron en su sentencia que se trata de una sustancia dañina para la salud. Por eso también determinaron las limitantes que deberán observar los quejosos a fin de proteger a la sociedad.
Comentó que este caso se inició en 2013, cuando llegó a la Cofepris la solicitud de autorización para el uso recreativo de la mariguana. Ante la negativa el asunto se llevó ante el Poder Judicial Federal, de donde fue atraído por la SCJN. Los ministros resolvieron que la prohibición para el consumo personal de la yerba es excesiva y viola la libertad personal de elección y decisión. Sin embargo, destacó Arriola, la sentencia que aprueba el uso lúdico de la cannabis sólo beneficia a las cuatro personas que presentaron una demanda de amparo.
Para poder dar continuidad al proceso, la Cofepris está a la espera de la notificación oficial de la Corte, así como de los detalles legales y técnicos que deberán cumplimentarse por parte de los usuarios. Es posible que algunos de ellos los determinen los ministros y otros los deje a la comisión con base en sus facultades regulatorias.
Podría ser el caso de la cantidad de mariguana que las personas podrán tener en posesión para su consumo. Arriola recordó que el Código Penal establece 5 gramos como límite, pero sólo de posesión personal.
Fuente: Reforma