A 16 años de la detención de Israel Vallarta, acusado de secuestro, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió una recomendación a la Fiscalía General de la República (FGR), donde instruye la reparación del daño a la víctima y dar seguimiento a la queja que el organismo promueva en contra de los funcionarios involucrados en el caso.
La recomendación de la CNDH surge a una semana de que el presidente Andrés Manuel López Obrador desempolvó el asunto para evidenciar el montaje de Televisa en el programa matutino dirigido por Carlos Loret de Mola, caso en el que se involucró a Vallarta y a la francesa Florence Cassez, quien fue puesta en libertad durante el gobierno de Enrique Peña Nieto.
A una semana de que el Ejecutivo reviviera mediáticamente el caso, la CNDH emitió la recomendación 20/2021 dirigida al fiscal Alejandro Gertz Manero, “por violentar los derechos humanos de una persona a la integridad personal y trato digno por actos de tortura, atribuibles a elementos de la entonces Agencia Federal de Investigaciones”.
La recomendación tuvo su origen en una queja presentada por familiares de Vallarta, el 11 de diciembre de 2005, misma que en un principio fue concluida “vía orientación el día 31 de marzo de 2008”.
Sin embargo, luego de que en enero de 2013 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de Florence Cassez –su coacusada–, Vallarta presentó un escrito ante la CNDH el 24 de octubre de 2019 con la finalidad de reabrir su queja, petición que fue aprobada, “para investigar probables violaciones a derechos humanos”.
Con claves, para proteger la identidad de las víctimas, la recomendación destaca que Vallarta denunció que fue detenido por elementos de la AFI, junto con Florence Cassez, el 8 de diciembre de 2005, a las 10:30, en la carretera federal México-Cuernavaca, y ambos fueron trasladados a la Ciudad de México, por el Monumento a la Revolución, “a un lugar donde fue torturado con la finalidad de auto incriminarse como responsable de la comisión de varios secuestros y a cambio de ello dejarían libre” a su acompañante.
Según la queja presentada por Vallarta, la noche del 8 de diciembre Cassez habría sido liberada y él fue trasladado a un domicilio donde su acompañante se encontraba; “ambos fueron golpeados, con la finalidad de auto incriminarse como responsables de la comisión de varios secuestros”.
De acuerdo a la queja, Vallarta y Cassez. “fueron sentados en un sillón, dentro de una de las habitaciones del Domicilio 1, donde se encontraba un televisor, el cual encendieron y apareció una transmisión que se estaba realizando para la liberación de unas personas secuestradas, percatándose que esa transmisión se estaba llevando a cabo en el citado Domicilio 1, donde ellos se encontraban, y de inmediato los reporteros ingresaron hacia donde estaban” los inculpados.
El documento destaca que el 9 de diciembre de 2005, alrededor de las 6:00, Vallarta fue trasladado “a un domicilio donde lo esperaba personal de una televisora que estaba llevando una transmisión en vivo y que fue sujetado por elementos de la entonces AFI, quienes portaban sus uniformes con las insignias de esa corporación, para que respondiera a algunas preguntas de los reporteros, siendo en todo momento sometido, a pesar de que lo estaban ‘filmando’; posteriormente lo sacaron con violencia del lugar para seguirlo torturando, hasta que fue puesto a disposición de la entonces SIEDO”.
La investigación de la CNDH precisa que los días 8 y 9 de diciembre los agentes de la AFI cometieron “actos de tortura” en agravio de Vallarta, quien sufrió “golpes, quemaduras, desnudez, agresión sexual y se llevó a cabo una escenificación ajena a la realidad, en la cual fue lesionado para que se auto incriminara ante los medios de comunicación”.
Una vez que Vallarta fue “puesto a disposición de la autoridad ministerial, siguió siendo agredido físicamente al no querer firmar su supuesta declaración”, en tanto que se determinó que “las lesiones que la víctima presentó eran excesivas e innecesarias para su detención y además eran concordantes con sus manifestaciones”.
La CNDH recomendó al fiscal general Alejandro Gertz Manero que “se repare el daño integral y adecuado al agraviado en términos de la Ley General de Víctimas, se le inscriba en el Registro Nacional de Víctimas y se le brinde atención médica y psicológica, y colabore en el trámite de seguimiento de la queja que se promueva ante el Órgano Interno de Control de la FGR en contra de los servidores públicos involucrados”.
También instruyó al fiscal a colaborar en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que se formule ante la FGR, “para que se investigue y se resuelva sobre la responsabilidad de los elementos de la entonces Agencia Federal de Investigaciones; implemente una política pública de comunicación dirigida a los agentes del Ministerio Público de la Federación, policías federales ministeriales y peritos para que ajusten su actuar en el cumplimiento de sus funciones a las disposiciones legales vigentes y protocolos nacionales e internacionales, evitando en todo momento las violaciones a derechos humanos”.
Fuente: Apro