Cambios de última hora a impuestos

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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un Decreto que compila diversos beneficios fiscales y medidas de simplificación administrativa que serán efectivas a partir del primero de enero de 2014, con lo que se intenta amortiguar el impacto para diversos sectores económicos y a la vez se estimule la migración al nuevo régimen de incorporación que reemplazará al de los REPECOS.

Entre los sectores que se verán beneficiados con estos nuevos ajustes destacan:

— Minero (quienes podrán pagar trimestralmente el derecho especial y extraordinario que se aplicará sobre sus ingresos anuales). “Al tener que efectuar en una sola exhibición el pago de los derechos especial y extraordinario sobre minería, se estima conveniente otorgar, como facilidad administrativa, el que los contribuyentes puedan efectuar pagos provisionales trimestrales a cuenta de los derechos anuales, con lo cual se disminuye el efecto instantáneo de realizar el pago de forma anual”, señaló Hacienda sobre este sector.

— Venta e importación de chicles

— Aéreo

— Turismo internacional de negocios

— Subsidio al empleo

Los nuevos ajustes tributarios consisten en:

— Exención del 100% en el pago del IEPS en la importación de chicles o gomas de mascar.

— Exención del 100% del IVA en la importación o venta de jugos, néctares, concentrados de frutas o de verduras.

— Exención del IVA a la importación o enajenación de productos para beber en los que la leche sea un componente, como el yogur para beber, el producto lácteo fermentado o los licuados

— Exención del IVA en la importación y/o venta de agua no gaseosa ni compuesta cuya presentación sea en envases menores de diez litros.

— Exención del IEPS a combustibles fósiles a las aeronaves que utilicen turbosina en el transporte de pasajeros y carga.

— Ayuda a negocios que venden a mensualidades, como las mueblerías, a las que se les permite acumular a los ingresos sólo las ventas que se vayan cobrando, además de que se permite el pago del impuesto por ventas anteriores al 2014 diferido en dos ejercicios fiscales.

Otra de las facilidades administrativas otorgadas a los contribuyentes destaca la posibilidad para que en el 2014 no se consideren como parte de los ingresos acumulables aquellos obtenidos por intereses (aplicable a la declaración anual del 2013).

Con información de agencias

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