Una juez federal avaló este martes los seis meses de prisión preventiva dictados en diciembre al exsecretario general adjunto del PRI, Alejandro Gutiérrez.
Esto por considerar que podría fugarse ante la elevada pena de cárcel y reparación de daño que le esperan si es declarado culpable de peculado por 250 millones de pesos en agravio del erario de Chihuahua.
Luz Elba de la Torre, juez Primera de Distrito en Chihuahua, negó a Gutiérrez el amparo 68/2018 y confirmó la medida cautelar que un juez de Control estatal le dictó al empresario, pese a que el delito de peculado no amerita prisión preventiva oficiosa en el Nuevo Sistema Penal (NSP).
“Se encuentra justificada la idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la medida de cautelar consistente en la prisión preventiva”, afirmó.
“El inculpado tiene las facilidades de asentarse en cualquier otro sitio, incluso abandonar esta localidad o como lo señaló el juez de origen, el país, así como ocultarse, máxime si se toma en consideración que al parecer cuenta con una desahogada situación económica y se desempeñaba como alto funcionario de un partido político”.
La defensa de Gutiérrez había ofrecido al juez de control entregar el pasaporte del acusado y calificó de abierta violación al principio de presunción de inocencia el encarcelamiento de su cliente, dado que el NSP prevé otras medidas cautelares menos severas.
Los principales argumentos del juez de control estatal para enviar a la cárcel a Gutiérrez fueron que carece de residencia, negocios o relaciones familiares en Chihuahua, y que la posible pena que enfrenta le impediría acceder a beneficios de sustitución de la prisión.
Lo anterior porque el Código Penal de Chihuahua castiga el peculado agravado con siete años y medio a 13 años y medio de cárcel, lo que impide conceder beneficios al sentenciado.
“Se advierte que (Gutiérrez) no cuenta con registros de nacimiento o matrimonio en Chihuahua, ni tiene domicilios de vivienda, propiedades o comercios, y sólo se localizaron diversos domicilios en Saltillo y el DF, así como 11 empresas de las que aparece como socio”, explica la sentencia de amparo.
“La pena de prisión que podría imponérsele mediante una sentencia de condena se estima considerable; por tanto, se encuentra limitado para optar por algún beneficio preliberacional, lo que podría motivar su sustracción de la acción de la justicia”.
La juez federal aclaró que Gutiérrez no puede pasar más de un año en prisión preventiva y que puede impugnar esta sentencia ante un tribunal colegiado de circuito, que tendrá la última palabra.
De la Torre también negó a Gutiérrez el amparo 67/2018 contra el auto de vinculación a proceso por peculado.
En el nuevo sistema penal, la Fiscalía requiere sólo algunos indicios para que un sospechoso sea vinculado a proceso.
Fuente: Reforma