La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que los profesores que tengan más de tres faltas injustificadas en un mes, ya sean consecutivas o salteadas, sean dados de baja del servicio.
Así lo determinó el Pleno del alto tribunal al declarar constitucional el artículo 76 de la Ley General del Servicio Profesional Docente.
En la quinta sesión para desahogar los amparos que interpusieron los maestros que se oponen a ser evaluados para su permanencia y promoción, los ministros aprobaron que al no poder justificar el abandono de las aulas, los docentes que mantienen plantones por días e incluso meses podrán ser separados del servicio sin que exista una responsabilidad en la Secretaría de Educación Pública (SEP).
La SCJN avanzó y resolvió ayer 11 de los 26 amparos que están en discusión y que fueron promovidos por el magisterio disidente, con lo que suman ya 14 los recursos que han sido negados a los quejosos que buscaban la protección de la justicia federal contra las disposiciones de la reforma educativa que impulsó el Gobierno federal.
Bastó sentar las bases en los primeros tres amparos para que los ministros votaran en los mismos términos los siguientes 11 recursos jurídicos que interpusieron los docentes, sin embargo, en el número 313/2014 se abordó un tema relevante que fue el artículo 76 de la Ley General del Servicio Profesional Docente.
Dicho artículo indica que “con el propósito de asegurar la continuidad en el servicio educativo, el servidor público del sistema educativo nacional, el personal docente y el personal con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que incumpla con la asistencia a sus labores por más de tres días consecutivos o discontinuos, en un período de 30 días naturales, sin causa justificada, será separado del servicio sin responsabilidad para la autoridad educativa o para el organismo descentralizado, y sin necesidad de que exista resolución previa del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o sus equivalentes en las entidades federativas”.
Para dar celeridad a la discusión de los amparos en revisión, los ministros los dividieron en bloques, ya que se encuentran similitudes en los agravios que pelean los maestros.
De este modo quedaron pendientes 12 amparos que serán abordados en la siguiente sesión del pleno.
Cabe recordar que fueron interpuestos más de 7 mil amparos por unos 150 mil maestros que no quieren ser evaluados para continuar en el servicio, por lo que al terminar la Suprema Corte de Justicia de resolver estos recursos, los juzgadores tendrán que emitir sus fallos en el mismo sentido que el alto tribunal.
A lo largo de las sesiones de los últimos días, relacionados con la reforma educativa, los ministros han determinado que los derechos laborales no están por encima de una educación de calidad.
También que los artículos 25, 53, octavo y noveno transitorios de la Ley General del Servicio Profesional Docente no violan sus derechos a la dignidad humana, al nivel de vida, ni al principio de progresividad.
Fuente: El Universal