Aún no prescriben delitos electorales contra Lozoya: TEPJF

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Un tribunal colegiado de la Ciudad de México determinó que no ha prescrito el asunto por el que se integra una carpeta  de investigación en contra de Emilio Lozoya Austin, por la presunción de delitos electorales relacionados con la aportación de fondos provenientes de sobornos de Odebrecht a  campañas del PRI en 2015.

Un tribunal federal ratificó la negativa de amparo a Emilio Lozoya. Con ello, la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales debe continuar investigando al exdirector de Petróleos Mexicano, por el financiamiento presuntamente ilícito, con dinero proveniente de Odebrecht, a las campañas del PRI en 2015.

El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito le negó a Emilio Lozoya un amparo presentado a través de recurso de revisión para que prescribiera la carpeta de investigación FED/Fepade/UNAI-CDMX/0001139/2017, que inició la Fiscalía Especialidzada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) y en el cual solicitó a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales (Seidf) la información nacional e internacional en torno a los recursos entregados por Odebrecht al ex funcionario.

Lozoya Austin promovió el recurso que fue turnado al colegiado, el cual emitió sentencia el pasado 31 de agosto, quien notificó que el presunto delito continúa vigente. “Se confirma la sentencia sujeta a revisión” y la justicia “no ampara ni protege al quejoso”, señala la resolución.

En su amparo, Emilio Lozoya reclamó el acuerdo del 3 de junio de 2019 emitido por la Fiscalía Electoral en el que decidió continuar la investigación en su contra, dentro del expediente FED/FEPADE/UNAI/CDM/0001139/2017, por supuestamente recibir sobornos millonarios por parte de Odebrecht en el año 2014 y presuntamente destinados a las elecciones intermedias de 2015.

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