Aprueban en Senado el Código Fiscal

0

Una vez aprobada por mayoría tanto en lo general como en lo particular, la reforma regresó a la Cámara de Diputados, luego de que se hicieron algunos cambios en materia de ISR y se hallaron errores en la numeración de algunos artículos.

El pleno del Senado de la República aprobó este jueves en lo general y en lo particular las reformas al Código Fiscal de la Federación, aunque realizaron cambios y regresará a la Cámara de Diputados.

En lo particular, el dictamen fue aprobado por 67 votos a favor, 39 en contra y cero abstenciones.

Los senadores realizaron modificaciones a 37 artículos relacionados con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Las reformas al Código Fiscal de la Federación contemplan medidas contra contribuyentes defraudadores, la creación de un sistema de comunicación electrónico denominado buzón tributario, la contabilidad por Internet a través de sistemas informáticos y la incorporación de las tarjetas de crédito y de débito como un medio adicional de pago de las contribuciones.

Además, otorga seguridad jurídica a los contribuyentes en situaciones como el embargo precautorio y la inmovilización de cuentas bancarias.

Propone implementar un esquema de fiscalización electrónica para que la autoridad realice la notificación, requiera y reciba la documentación e información del contribuyente y establece como un medio alternativo para el cumplimiento de obligaciones fiscales la figura de acuerdos conclusivos.

La reforma plantea la posibilidad de que la autoridad fiscal pueda publicar en su página de Internet el nombre, denominación o razón social y la clave del registro federal de contribuyente, de aquellos con quienes es riesgoso celebrar actos mercantiles o de comercio porque no cumplen con sus obligaciones fiscales.

También sugiere un procedimiento dirigido a sancionar y neutralizar el tráfico de comprobantes fiscales, a fin de atacar la problemática de fraudes tributarios, sancionándose a quienes los adquieran, vendan o coloquen y de alguna manera se beneficien de este tipo de actividad ilegal.

Del mismo modo, precisa los supuestos en los que los contribuyentes deberán ofrecer la garantía del interés fiscal y establece que cuando se impugne la determinación de créditos fiscales, los contribuyentes puedan otorgar cualquier tipo de garantía de las que establece el Código Fiscal de la Federación y no solamente el depósito de cantidades ante la Tesorería de la Federación.

Asimismo, considera los montos hasta por los cuales podrá realizarse el embargo de bienes y el orden que deberá seguirse para el señalamiento de éstos, las reglas que aplicarán para su notificación, así como el procedimiento para dejar sin efecto dicho embargo.

Ésta fue la segunda Ley aprobada por el Pleno del Senado, luego del aval a Ley Aduanera.

Fuente: CNN Expansión

Comments are closed.