El Instituto Nacional Electoral emitió este jueves un apercibimiento en contra del presidente, Andrés Manuel López Obrador ante un posible desacato en que incurrió al reiterar pronunciamientos de corte propagandístico o electoral en su conferencia de prensa del 20 de abril. La Presidencia de la República había sido notificado de la resolución de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE que ordenaba a López Obrador abstenerse de hacer pronunciamiento que incidieron en las preferencias electorales durante sus conferencias como lo había hecho el 16 de abril. El TEPJF desechó un recurso del PAN sobre tales dichos.
El INE subrayó que “Se considera justificado, oportuno y necesario ordenar al Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, ajuste su conducta a lo ordenado por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, mediante Acuerdo ACQyD-INE-68/2021, apercibido que, de no hacerlo, se le impondrá como medida de apremio una amonestación pública, con fundamento en lo establecido en el artículo 41 constitucional”.
📑 El @INEMexico apercibe al Presidente de la República por posible desacato a medida cautelar. https://t.co/9tGnm2damp pic.twitter.com/z7clDdE9FM
— @INEMexico (@INEMexico) April 22, 2021
A pesar de la notificación del Instituto efectuada el 19 de abril, relacionadas con el incumplimiento de las restricciones legales que rigen a los funcionarios en proceso electoral detectadas el 16 de abril, el presidente incurrió de nueva cuenta , el 20 de abril, en un pronunciamiento considerado como violatorio de las restricciones constitucionales y legales que rigen durante los procesos electorales a los funcionarios públicos.
“Ante los hechos, el día de hoy 22 de abril, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE), área encargada de conocer sobre posibles incumplimientos de alguna medida cautelar, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, consideró que las expresiones y posicionamientos realizados por el Presidente de México en la conferencia matutina del 20 de abril, actualizan un posible desacato a la medida cautelar indicada”.
TEPJF desecha recurso contra AMLO
Con una votación dividida de 2 a 1, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, desechó una nueva apelación en contra de las expresiones presidenciales realizadas en su conferencia matutina del 16 de marzo. Al resolver un recurso del PAN, se estimó que las afirmaciones presidenciales contra la oposición para descalificar su pretensión de ganar la mayoría no constituyeron propaganda gubernamental ni promoción personalizada.
En el recurso del PAN objetó que en esa conferencia, el Presidente asumía una postura partidista al señalar que la disputa por la mayoría en la Cámara de Diputados se daba entre quienes pretendían regresar al régimen de privilegios y corrupción, contra la transformación que impulsaba. La magistrada Gabriela Villafuerte fue la única que se pronunció en contra del proyecto que eximió de responsabilidades a López Obrador.
Para Villafuerte, de estas afirmaciones se desprende una postura presidencial que se vincula al partido mayoritario y, en ese sentido, puede considerarse como propaganda indebida del presidente. Asimismo, recordó que las manifestaciones de López Obrador se dieron a una pregunta sobre la aprobación de la ley de hidrocarburos en la que también afirmó que durante su gobierno no se había incrementado el precio de los energéticos lo que supone, dijo, una difusión de logros.
Sin embargo, en el proyecto del magistrado Luis Espindola se consideró que no se encontraron elementos que permitieran identificar las afirmaciones de mandatario como propaganda. En esa conferencia indicó su postura sobre una supuesta declaración de inconstitucionalidad, sin certeza de que se vaya a acontecer, a fin de que se impulse una reforma constitucional en materia energética, por lo que debe considerarse que están amparadas dentro de la libertad de expresión.
Fuente: La Jornada