A propuesta de la Oposición, el Senado analiza una nueva ley para proteger a funcionarios y particulares que denuncien actos de corrupción.
El proyecto, presentado desde el arranque del periodo ordinario de sesiones, contempla un Programa de Protección de Denunciantes y Testigos de Actos de Corrupción, además de otorgar recompensas económicas cuando se denuncie información veraz y relevante sobre el uso ilegal de recursos.
La iniciativa es impulsada por los senadores de PRD Zoé Robledo, Armando Ríos Piter, Benjamín Robles y Raúl Morón, así como por la senadora del PAN Luisa María Calderón Hinojosa, al no haber logrado incorporar esta salvaguarda para los “informantes” en la reforma constitucional en materia de Transparencia ni en el nuevo Sistema Nacional Anticorrupción (SNA).
De avalarse las disposiciones, los denunciantes no podrán ser sancionados por revelar información clasificada o reservada.
“No podrán ser sancionados o perseguidos los servidores públicos, miembros de fideicomisos, fondos públicos, sindicatos, partidos políticos o cualquier persona física o moral responsable de la divulgación de información clasificada como reservada, cuando se trate de violaciones al ordenamiento jurídico, casos graves de corrupción, amenazas graves para la salud, la seguridad del medio ambiente, violaciones a los derechos humanos o el derecho internacional humanitario”, señala.
Según la iniciativa, incumplir con la protección a los denunciantes de actos de corrupción puede derivar en responsabilidad administrativa, civil o penal.
El proyecto detalla que, cuando el denunciante o testigo se encuentre en peligro, la autoridad estará obligada a otorgarle medidas de protección laboral y personal.
Esto incluye protección policiaca, cambio de residencia y ocultamiento de su paradero, la reserva de su identidad, domicilio, lugar de trabajo y profesión, e incluso la aplicación de métodos que imposibiliten identificarlo visual o auditivamente.
También podrían emplearse procedimientos que, con la ayuda de la tecnología, eviten la participación física del testigo en las diligencias.
Si los testigos se encuentra en prisión, se les otorgarán medidas especiales de protección, como su separación de la población carcelaria o su reclusión en cárceles especiales.
En el aspecto laboral, los informantes podrán ser trasladados de dependencia administrativa o de centro de trabajo, además de obtener una licencia con goce de sueldo.
“Todos los denunciantes y testigos de actos de corrupción contarán con asistencia legal para los hechos relacionados con su denuncia, la reserva de su identidad y la protección de sus condiciones laborales”, indica la iniciativa.
Se establece que el Comité Coordinador del SNA o el titular de la Fiscalía Anticorrupción podrán autorizar el pago de recompensas económicas cuando el denunciante proporcione información veraz, suficiente y relevante.
Esos montos quedarán sujetos a la disponibilidad presupuestal que establezca el sistema.
La recompensa no aplicará si, en el transcurso de las investigaciones, se determina que el denunciante está vinculado al acto de corrupción y no lo informó a la autoridad.
El pago sólo aplicará para ciudadanos que no sean servidores públicos.
En la iniciativa se detalla que las denuncias sobre actos de corrupción podrán ser recibidas por las Cámaras de Diputados y Senadores, la Secretaría de la Función Pública, las dependencias del Ejecutivo federal, el Consejo de la Judicatura, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y los tribunales del Trabajo.
Se indica que tendrá calidad de testigo toda persona que posea información relevante o complementaria a una denuncia sobre actos de corrupción y esté dispuesta a colaborar con las autoridades, ya sea través de su testimonio o aportando pruebas para la investigación.