Adiós a la PGR: Nace la Fiscalía General de la República

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Este día, el Diario Oficial de la Federación, publicó el decreto por el que se establece la entrada en vigor de la autonomía constitucional de la Fiscalía General de la República, con lo que la Cámara de Senadores podrá iniciar el proceso de designación del fiscal general y de los fiscales especializados en Delitos Electorales, en Combate a la Corrupción, en Materia de Derechos Humanos y de Asuntos Internos.

Con esta reforma desaparece a la Procuraduría General de la República (PGR) y abroga la Ley Orgánica de la PGR, dando paso a la Fiscalía General de la República (FGR), de conformidad con el primer párrafo del artículo décimo sexto transitorio de la reforma constitucional en materia de política electoral de febrero de 2014.

Dicho artículo transitorio hace referencia al apartado A del artículo 102 de la Constitución, que señala que el Senado contará con 20 días para integrar una lista de al menos 10 candidatos a ocupar la Fiscalía General, aprobada por las dos terceras partes de los miembros presentes, la cual enviará al Ejecutivo federal.

Si el Ejecutivo no recibe la lista en el plazo antes señalado, enviará libremente al Senado una terna y designará provisionalmente al fiscal general, quien ejercerá sus funciones hasta en tanto se realice la designación definitiva conforme a lo establecido en este artículo.

De acuerdo con la Constitución, el fiscal general designado podrá formar parte de la terna propuesta por el Senado como por el Ejecutivo federal.

Una vez recibida la lista, el Ejecutivo cuenta con diez días para enviar una terna al Senado, el cual citará a comparecer a los participantes para luego designar al fiscal general con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes dentro del plazo de 10 días.

En caso de que el Ejecutivo no envíe la terna, el Senado tendrá 10 días para designar al fiscal.

Fuente: Apro

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