El pasado 1 de septiembre, a unas horas de rendir su II Informe de Gobierno el presidente de la República, decidió inaugurar su potestad para remitir iniciativas de ley con carácter preferente al Congreso de la Unión, esta vez con con la Ley de Protección de Niñas Niños y Adolescentes que abroga la Ley para la Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (2000).
En entrevista con @Fondo el Lic. Armando Sepúlveda, asesor legislativo en el Congreso local, sostiene que es fruto de un trabajo de gabinete de un equipo jurídico que excluyó de la consulta a los principales interesados, las personas menores de edad, y a quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia.
Subraya que es una Ley de carácter asistencia al considerar al grupo de personas menores sujetos de tutela y en situación vulnerable por ser niñas, niños y adolescentes, lo que no se apega a la Reforma constitucional en materia de derechos humanos de junio de 2011, y contradice lo establecido en la Convención Internacional del Niño, que los define no como objeto de derechos, sino sujetos de derecho.